{"id":7364,"date":"2020-03-09T13:44:22","date_gmt":"2020-03-09T16:44:22","guid":{"rendered":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/?p=7364"},"modified":"2020-03-16T11:42:42","modified_gmt":"2020-03-16T14:42:42","slug":"reglamento-2015","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/","title":{"rendered":"REGLAMENTO 2020"},"content":{"rendered":"<h1 class=\"uk-article-title\"><strong style=\"font-family: Verdana, Geneva, sans-serif; font-size: 15px; color: #222222;\">Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd <\/strong><span style=\"font-family: Verdana, Geneva, sans-serif; font-size: 15px; color: #222222;\">a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es organizado por la Comisi\u00f3n Municipal de Pesca (Co.Mu.Pe.), se regir\u00e1 por el presente Reglamento y tendr\u00e1 por objeto y fines esenciales: la pr\u00e1ctica deportiva de la pesca, la preservaci\u00f3n de la especie \u00edctica involucrada (surub\u00ed), el cuidado del medio ambiente y la promoci\u00f3n Tur\u00edstica y Cultural de la Ciudad de Goya.<\/span><\/h1>\n<div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 2\u00b0. AUTORIDAD DE APLICACI\u00d3N.\u00a0<\/strong>El reglamento ser\u00e1 aplicado, indistintamente, por el Intendente Municipal, la Comisi\u00f3n Directiva de la CO.MU.PE, el Fiscal General, Fiscales Supervisores, Fiscales de Zona, mesa de control y dem\u00e1s colaboradores, dentro del marco de sus respectivas competencias.<\/p>\n<p>Todas las resoluciones de efectos particulares ser\u00e1n notificadas a los equipos participantes del concurso en el domicilio electr\u00f3nico especial fijado por ellos al momento de la inscripci\u00f3n y las de alcance general ser\u00e1n publicadas en la p\u00e1gina web\u00a0<strong>www.goyasurubi.com.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 3\u00b0. FISCAL GENERAL, FISCALES SUPERVISORES y FISCALES DE ZONA.<\/strong><\/p>\n<p>El\u00a0<strong>Fiscal General de la Fiesta Nacional de Surub\u00ed<\/strong>, es designado por la Comisi\u00f3n Directiva de la CO.MU.PE, mediante resoluci\u00f3n y cuenta con las siguientes atribuciones y funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Interpretar y aplicar el presente reglamento.<\/li>\n<li>b) Aplicar las sanciones previstas en el mismo, teniendo siempre en cuenta el objeto y fines aludidos en el Art. 1\u00b0.<\/li>\n<li>c) Designar a los Fiscales Supervisores, Fiscales de Zona, Autoridades de Mesa de control y colaboradores.<\/li>\n<li>d) Efectuar la largada de las embarcaciones.<\/li>\n<li>e) Determinar y\/o modificar las zonas de pesca y parque cerrado. f) Resolver todas las cuestiones atinentes al concurso previstas en forma expresa en el presente reglamento, o que surjan impl\u00edcitamente del mismo, teniendo en cuenta la competencia atribuida, el objeto y fines perseguidos. Sus decisiones podr\u00e1n ser verbales o escritas, si fueren efectuadas verbalmente y la gravedad de la infracci\u00f3n lo amerita, deber\u00e1n ser inmediatamente plasmadas por escrito.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Dichas decisiones tienen fuerza ejecutoria y la mera interposici\u00f3n de un recurso no suspende la ejecuci\u00f3n del acto u orden impartidos.<\/p>\n<ol>\n<li>g) Ejercer el Poder de Polic\u00eda y Contralor del Concurso.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los\u00a0<strong>Fiscales Supervisores\u00a0<\/strong>son designados por el Fiscal General y sus funciones consisten en ejercer el Contralor de las tareas de los Fiscales de dos o m\u00e1s zonas a las cuales est\u00e1n afectados, con las atribuciones de los incisos a), b) y g) del presente articulo, debiendo contar con la anuencia del Fiscal General para descalificar a los equipos participantes, quedando adem\u00e1s facultados a colaborar con la fiscalizaci\u00f3n del concurso y otras que le delegue el Fiscal General.<\/p>\n<p>Los\u00a0<strong>Fiscales de Zona\u00a0<\/strong>son designados por el Fiscal General y sus funciones consisten en ejercer el Contralor del Concurso dentro de la zona que le asigne el Fiscal General, con las atribuciones de los incisos a), b) y g) del presente art\u00edculo, y otras que le delegue el Fiscal General, debiendo contar con la anuencia del Fiscal General para descalificar a los equipos participantes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 4\u00b0. FECHA EL CONCURSO<\/strong>: La fecha estipulada por la Comisi\u00f3n para el concurso de pesca es el s\u00e1bado 02 de Mayo de 2020, desde la 17.00 horas., finalizando el domingo 03 de Mayo a las 08.00 horas.<\/p>\n<p>Si por razones meteorol\u00f3gicas adversas no se puede realizar el concurso, el Fiscal General, previa consulta a la Co.Mu.Pe. y a la Prefectura, decidir\u00e1 al respecto, pudiendo en ese caso extremo suspenderlo definitivamente; sorte\u00e1ndose ante Escribano P\u00fablico Nacional, todos los premios materiales entre los equipos inscriptos, exceptu\u00e1ndose del sorteo los trofeos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 5\u00b0. PESCADORES:\u00a0<\/strong>Podr\u00e1n participar del Concurso Nacional de Pesca del Surub\u00ed, todos los pescadores deportivos nacionales y extranjeros que no se encuentren inhabilitados por la Co.Mu.Pe. u otra entidad y\/u organizaci\u00f3n de pesca del pa\u00eds o del extranjero que tuviera convenio de reciprocidad con aqu\u00e9lla, o por las autoridades oficiales de la Direcci\u00f3n de Recursos Naturales de la Provincia de Corrientes (Fauna y Flora).<\/p>\n<p>La Co.Mu.Pe. se reserva el derecho de admisi\u00f3n, \u201cdebiendo, en su caso, dar los fundamentos que justifiquen dicha decisi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Los pescadores deber\u00e1n cumplir con las reglas del arte de pesca deportiva, manteniendo buena conducta, respeto y decoro, evitando en todo momento molestar a otros participantes. La violaci\u00f3n a las normas de buena conducta, podr\u00e1n ser sancionadas por las autoridades conforme a la gravedad del caso.<\/p>\n<p>La falta de cumplimiento del presente reglamento en cuanto seguridad, conservacionismo y la falta de respeto y\/o agresi\u00f3n verbal o f\u00edsica a los miembros de la Comisi\u00f3n Directiva (CO.MU.PE), al Fiscal General, Fiscal Supervisor, Fiscal de Zona o colaboradores, es considerada falta grave y causal de descalificaci\u00f3n inmediata del equipo sin perjuicio de los recursos que los interesados pudieren interponer una vez finalizado el concurso contra dicha decisi\u00f3n. Adem\u00e1s y de corresponder, el equipo descalificado podr\u00e1 ser pasible de una sanci\u00f3n posterior prevista en el art\u00edculo 28\u00ba, que determinar\u00e1 la Comisi\u00f3n Directiva (CO.MU.PE) de acuerdo a la gravedad y circunstancia del caso. Quedan inhibidos de participar en el concurso todos los integrantes de la Co.Mu.Pe., de hacerlo, ser\u00e1n desafectados y\u00a0<strong>NO\u00a0<\/strong>podr\u00e1n continuar integrando la Comisi\u00f3n actual, pudiendo la Comisi\u00f3n dar a publicidad la actitud en los medios de publicaci\u00f3n que considere convenientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 6\u00b0. EQUIPOS:\u00a0<\/strong>La pesca se efectuar\u00e1 por equipos, los que podr\u00e1n ser integrados por DOS o TRES participantes, indistintamente, y participar\u00e1n del concurso en la zona que se les asigne por sorteo.<\/p>\n<p>Quedan excluidas de participar en el Concurso, las embarcaciones que por su tonelaje y\/o dimensi\u00f3n, por exigencia de la Prefectura Naval Argentina y\/o autoridad competente, necesiten contar con una tripulaci\u00f3n mayor a la permitida en el presente reglamento, es decir, m\u00e1s de tres personas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 7\u00b0. INSCRIPCI\u00d3N:\u00a0<\/strong>La inscripci\u00f3n para participar del Concurso se har\u00e1 en los lugares habilitados y formas habilitadas por la Co.Mu.Pe.; al momento de la inscripci\u00f3n los integrantes de cada equipo deber\u00e1n exhibir documento id\u00f3neo que justifique su identidad (Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, C\u00e9dula de Identidad, etc.) y deber\u00e1n constituir un domicilio especial electr\u00f3nico, en el cual se considerar\u00e1n v\u00e1lidas todas las comunicaciones y notificaciones \u2013de alcance particular- relacionadas con el concurso, mientras no se denuncie uno nuevo.<\/p>\n<p>En el acto de inscripci\u00f3n se entregar\u00e1 a cada equipo su respectiva constancia con los datos del mismo; contra entrega de esa constancia se retirar\u00e1n en el lugar y horario que fije la comisi\u00f3n, los siguientes elementos: pescad\u00f3metro, reglamento, adhesivo con el n\u00famero de equipo para ser colocado en un lugar visible de la embarcaci\u00f3n y dem\u00e1s elementos que se utilizar\u00e1n durante el concurso.<\/p>\n<p>A los efectos de su inscripci\u00f3n los equipos se clasificar\u00e1n en\u00a0<strong>LOCALES\u00a0<\/strong>y\u00a0<strong>FOR\u00c1NEOS<\/strong>. Se consideran\u00a0<strong>LOCALES:\u00a0<\/strong>los equipos cuyos integrantes est\u00e9n domiciliados dentro del departamento de Goya. Y\u00a0<strong>FOR\u00c1NEOS:\u00a0<\/strong>cuando los integrantes del equipo est\u00e9n domiciliados fuera del departamento de Goya; o si el equipo es de DOS concursantes cuando uno de los pescadores sea domiciliado fuera el departamento de Goya y el otro pescador domiciliado dentro del departamento de Goya; si el equipo es de TRES concursantes, dos pescadores domiciliados fuera del departamento de Goya y uno domiciliado dentro del departamento de Goya. Para ser considerado for\u00e1neo, se deber\u00e1 presentar fotocopia de DNI donde indique su \u00faltimo domicilio con una antig\u00fcedad mayor a DOS A\u00d1OS fuera del departamento de Goya.<\/p>\n<p>La inscripci\u00f3n de Equipos cerrar\u00e1 a la hora Veinticuatro (24.00) del d\u00eda anterior al concurso, o cuando se complete el cupo de\u00a0<strong>1200\u00a0<\/strong>embarcaciones permitidas, si esto ocurriera antes; salvo que por circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, la \u201cComisi\u00f3n Directiva (CO.MU.PE) autorice inscripciones extraordinarias. La Comisi\u00f3n Directiva de la (CO.MU.PE) adem\u00e1s se reserva la facultad de ampliar y\/o disminuir el cupo de inscripciones por razones excepcionales, protocolares, clim\u00e1ticos, geogr\u00e1ficos, h\u00eddricas, casos fortuitos y\/o fuerza mayor.<\/p>\n<p><strong>COSTO DE LA INSCRICION PARA EQUIPOS: Ser\u00e1 de pesos doce mil ($12.000) hasta el 13\/01\/2020 y de quince mil ($ 15.000) desde el 14\/01\/2020 hasta el 31\/03\/2020 y desde 01\/04\/20 hasta cierre de las inscripciones de dieciocho mil ($18.000).<\/strong><\/p>\n<p><strong>Se considera INSCRIPCI\u00d3N cuando en la misma consten los datos identificatorios de cada participante (pescador) que conforma el equipo y se encuentre abonado el costo total de la misma, s\u00f3lo para casos extraordinarios, casos fortuitos o de fuerza mayor podr\u00e1 modificarse parcialmente la composici\u00f3n del equipo en hasta dos participantes (pescadores) y hasta 10 d\u00edas antes del concurso, salvo imposibilidad de uso de la embarcaci\u00f3n, en cuyo caso podr\u00e1 realizarse la modificaci\u00f3n de \u00e9sta hasta 48 hs. antes del concurso. Dichos plazos podr\u00e1n ser modificados en casos extraordinarios, fortuitos o de fuerza mayor por la comisi\u00f3n directiva de la CO.MU.PE. Las modificaciones en la composici\u00f3n de los equipos deber\u00e1n ser informadas en los t\u00e9rminos establecidos, personalmente o v\u00eda correo electr\u00f3nico a\u00a0<span id=\"cloak63c4006c30c5a8f2746e65c8414dfa52\"><a href=\"mailto:contacto@goyasurubi.com\">contacto@goyasurubi.com<\/a><\/span><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 8\u00b0. ELEMENTOS DE PESCA Y NAVEGACION:\u00a0<\/strong>Los participantes podr\u00e1n utilizar cualquier tipo de embarcaci\u00f3n a motor para su transporte, a excepci\u00f3n de las prohibidas en el art\u00edculo 6\u00ba, la que deber\u00e1 encontrarse en condiciones \u00f3ptimas de flotabilidad y navegaci\u00f3n y\u00a0<strong>debidamente habilitada por la autoridad competente (Prefectura Naval Argentina)<\/strong>. Si no reuniera dichas condiciones, la Prefectura Naval Argentina ser\u00e1 responsable de autorizar o no la participaci\u00f3n del equipo, dando intervenci\u00f3n a la autoridad fiscalizadora para que proceda en consecuencia, siendo obligada a abandonar la prueba si no cumple con esos requisitos. La inscripci\u00f3n de un equipo que pretenda utilizar una embarcaci\u00f3n que no re\u00fana las condiciones citadas, exime a la Co.Mu.Pe. y a la Municipalidad de Goya de la obligaci\u00f3n de reintegrar el costo de inscripci\u00f3n, ni le corresponder\u00e1 al equipo inscripto en esas condiciones resarcimiento alguno.<\/p>\n<p><strong>RESPONSABILIDAD CIVIL:\u00a0<\/strong>Cada participante y\/o equipo asume a su exclusivo cargo, costa y riesgo cualquier tipo de responsabilidad por da\u00f1os propios o hacia terceros que se originen con motivo de su participaci\u00f3n en el concurso, declarando conocer y aceptar los\u00a0<strong>riesgos y peligros<\/strong>\u00a0que ello implica, sobretodo durante la largada de las embarcaciones. Los equipos participantes se obligan a contratar, previamente a la inscripci\u00f3n \u00bfdeben acreditar?, seguro de vida de los integrantes del equipo y de responsabilidad civil de la embarcaci\u00f3n. La CO.MU.PE y la Municipalidad de Goya no asumen ning\u00fan tipo de responsabilidad sobre los da\u00f1os que pudieren ocasionarse a los participantes o sus bienes.<\/p>\n<p><strong>RESPONSABILIDAD DEL TIMONEL:\u00a0<\/strong>El timonel es responsable de tomar todas las medidas de precauci\u00f3n necesarias en cualquier situaci\u00f3n, tales como la colocaci\u00f3n del\u00a0<strong>\u201chombre al agua, y los chalecos salvavidas a todos los integrantes del equipo,\u00a0<\/strong>como as\u00ed tambi\u00e9n \u00a0mantener las condiciones de seguridad de su embarcaci\u00f3n, observar las condiciones del lugar de amarre para esperar el momento de la salida de parque cerrado, siendo el responsable de la integridad de los dem\u00e1s tripulantes, quedando ajena la Co.Mu.Pe. y la Municipalidad de Goya de toda responsabilidad.<\/p>\n<p><strong>ELEMENTOS DE SEGURIDAD M\u00cdNIMOS<\/strong>: Las embarcaciones participantes deber\u00e1n contar como m\u00ednimo, con los siguientes elementos: 1) chaleco salvavidas (uno por persona); 2) silbato o bocina mec\u00e1nica; 3) pala bichero; 4) balde o bomba de achique; 5) tabla de se\u00f1ales de auxilio; 6) ancla con su correspondiente cabo de amarre; 7) bengalas de mano roja (dos); 8) linterna de mano estanco; 9) extintores tipo B-1 (liquido) C-1 (el\u00e9ctrico); m\u00e1s lo que pudiera exigir\u00a0<strong>Prefectura Naval Argentina (P.N.A)<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>DOCUMENTACI\u00d3N:\u00a0<\/strong>Libreta, Certificado de Matricula y Carnet de Timonel vigentes, de no ser propietario, una autorizaci\u00f3n del mismo para conducir la embarcaci\u00f3n con firma Certificada, (la documentaci\u00f3n de la embarcaci\u00f3n deber\u00e1 estar en condiciones), m\u00e1s lo que pudiera exigir\u00a0<strong>Prefectura Naval Argentina (P.N.A).<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ELEMENTOS DE PESCA:\u00a0<\/strong>Cada pescador deber\u00e1 usar ca\u00f1a y reel, con nylon monofilamento de hasta 0,50 mm o multifilamento de hasta 0,30 mm; tanza de hasta 0,50 mts, o brazolada de nylon no superior a los 0,80mm. de di\u00e1metro y 1,20 mts de longitud y\u00a0 un solo anzuelo de cualquier medida.<\/p>\n<p>Para extracci\u00f3n de piezas, podr\u00e1n utilizarse lazo, copo, etc. quedando terminantemente prohibida la tenencia y\/o uso de\u00a0<strong>bichero<\/strong>, &#8220;<strong>bogagrip&#8221; u otro elemento que pudiera da\u00f1ar al pez<\/strong>.<\/p>\n<p>Est\u00e1 permitido tener de reserva una ca\u00f1a y un reel por pescador, sin que \u00e9stos se encuentren\u00a0<strong>acoplados.\u00a0<\/strong>La carnada ser\u00e1 a elecci\u00f3n del pescador, quien deber\u00e1 proveerse por sus propios medios.<\/p>\n<p>Est\u00e1 prohibida la tenencia a bordo de art\u00edculos de pesca que no son considerados de uso deportivo (patejas, espineles, arma de fuego, etc.).<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art. 9\u00b0. ZONAS DE PESCA, GRUPOS, SORTEO:\u00a0<\/strong>El concurso de pesca se llevar\u00e1 a cabo en el R\u00edo Paran\u00e1, margen izquierdo y sus afluentes, dentro de la cancha y l\u00edmites que fije el Fiscal General con la colaboraci\u00f3n de los dem\u00e1s fiscales. Las zonas ser\u00e1n sorteadas en el \u201cPredio Costa Surub\u00ed\u201d para cada Grupo de pescadores, a las 08,00 hs., el d\u00eda del concurso.<\/p>\n<p>El procedimiento ser\u00e1 el siguiente: en primer lugar se sortear\u00e1 la zona Correspondiente al Grupo A: de 02 a 35 HP. Las zonas que entran en sorteo para este Grupo son: 1, 19 y 20. A continuaci\u00f3n se sortear\u00e1n el resto de los grupos B, C, D, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S y T\u00a0 incorpor\u00e1ndose las zonas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15,16,17,18, adem\u00e1s de las que no hayan salido sorteadas anteriormente, y por \u00faltimo, el Grupo V correspondiente a los BARCOS, que se sortear\u00e1 entre las dos primeras zonas sobre el R\u00edo Paran\u00e1.<\/p>\n<p>Estos Grupos se establecer\u00e1n teniendo en cuenta la potencia de los motores de las embarcaciones y el orden de inscripci\u00f3n de las mismas:<\/p>\n<p>Grupo A de 02 a 35 HP<\/p>\n<p>Grupo B de 36 a 55 HP<\/p>\n<p>Grupo C de 36 a 55 HP<\/p>\n<p>Grupo D de 36 a 55 HP<\/p>\n<p>Grupo E de 36 a 55 HP<\/p>\n<p>Grupo F de 56 a 70 HP<\/p>\n<p>Grupo G de 56 a 70 HP<\/p>\n<p>Grupo H de 56 a 70 HP<\/p>\n<p>Grupo I de 56 a 70 HP<\/p>\n<p>Grupo J de 71 a 85 HP<\/p>\n<p>Grupo K de 86 a 110 HP<\/p>\n<p>Grupo L de 86 a 110 HP<\/p>\n<p>Grupo M de 86 a 110 HP<\/p>\n<p>Grupo N de 111 a 140 HP<\/p>\n<p>Grupo O de 111 a 140 HP<\/p>\n<p>Grupo P de 111 a 140 HP<\/p>\n<p>Grupo Q de 111 a 140 HP<\/p>\n<p>Grupo R de 141 a 200 HP<\/p>\n<p>Grupo S de 141 a 200 HP<\/p>\n<p>Grupo T de 201 en adelante<\/p>\n<p>Grupo V BARCOS<\/p>\n<p><strong>En los Grupos K, L y M se encuentran incluidas embarcaciones con motor dentro fuera de borda.<\/strong><\/p>\n<p><strong>En el grupo de los yates se encuentran los considerados tales por P.N.A. y de acuerdo al tama\u00f1o de su superestructura.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 10. PARQUE CERRADO:\u00a0<\/strong>Las embarcaciones se encontrar\u00e1n en el parque cerrado correspondiente a cada grupo, los que ser\u00e1n perfectamente delimitados y se\u00f1alizados a efectos de la verificaci\u00f3n, control de las embarcaciones y ordenamiento de la largada.<\/p>\n<p>El Grupo A y V deber\u00e1n estar en parque cerrado antes de las 13.00 hs. y las dem\u00e1s embarcaciones deber\u00e1n estar antes de las 13,30 hs.<\/p>\n<p>Una vez verificadas por los Fiscales, las embarcaciones no podr\u00e1n abandonar el parque cerrado, salvo causa debidamente justificada y previo permiso otorgado por la autoridad de aplicaci\u00f3n, mediante acta labrada al respecto, salvo urgencia notoria que habilitar\u00e1 a concederlo verbalmente.<\/p>\n<p>Luego de la verificaci\u00f3n, se conformar\u00e1 una planilla en la que constar\u00e1 su presencia y se otorgar\u00e1 una\u00a0<strong>TARJETA DE CONTROL<\/strong>, la cual ser\u00e1 requerida por el fiscal en la zona de<\/p>\n<p>pesca para ser cambiada por la\u00a0<strong>TARJETA DE PESCADOR<\/strong>.<\/p>\n<p>Los equipos que por distintas circunstancias no hayan hecho \u201cParque Cerrado\u201d\u00a0<strong>DEBER\u00c1N<\/strong>, luego de la finalizaci\u00f3n de la largada, pasar por algunos de los puestos de parque cerrado fijo, ubicados en el flotante de la Costanera local y en el comienzo de la Isla \u201cMozambique\u201d, a fin de solicitar la entrega de la tarjeta de control.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NINGUNA EMBARCACI\u00d3N SER\u00c1 HABILITADA A CONCURSAR SIN LA CORRESPONDIENTE ACREDITACI\u00d3N DE LA TARJETA DE PARQUE CERRADO.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 11. LARGADA:\u00a0<\/strong>El Grupo \u201cV\u201d largar\u00e1 a las 13.45 hs.; 15 minutos m\u00e1s tarde, lo har\u00e1 el Grupo \u201cA\u201d, y el resto de los grupos partir\u00e1n a las 15.00 hs.<\/p>\n<p>La largada ser\u00e1 autorizada por el fiscal General conjuntamente con Prefectura Naval Argentina, quienes dar\u00e1n las indicaciones a los Fiscales de Zona. Las embarcaciones partir\u00e1n cuando el Fiscal General agite la Bandera Argentina, dando as\u00ed la se\u00f1al visible de autorizaci\u00f3n de largada.<\/p>\n<p>La largada podr\u00e1 ser suspendida, retrasada o adelantada, y\/o modificado el orden de los grupos a criterio del Fiscal General, por razones de fuerza mayor, de seguridad o cuestiones que hayan sido decididas por la Comisi\u00f3n Directiva, comunic\u00e1ndolo a los participantes del concurso, mediante su publicaci\u00f3n en la web:\u00a0<strong>www.goyasurubi.com<\/strong>; asimismo, la Prefectura Naval Argentina podr\u00e1 suspender la largada en forma temporal o definitiva, si lo considera necesario por razones de seguridad.<\/p>\n<p><strong>Todo equipo que no respete las indicaciones y largue antes de la se\u00f1al, ser\u00e1 DESCALIFICADO en forma inmediata, independientemente de la sanci\u00f3n que corresponda aplicar a la Prefectura Naval Argentina<\/strong>. Advertida dicha inconducta, el equipo responsable ser\u00e1 notificado en lo inmediato de la decisi\u00f3n adoptada (descalificaci\u00f3n), labr\u00e1ndose el acta correspondiente, debiendo retirarse del concurso y de las zonas de pesca.<\/p>\n<p>Los equipos que luego de haber ingresado al Parque Cerrado y antes de que el Fiscal de Zona autorice la largada, enciendan el motor, se separen de la costa, o sus embarcaciones no est\u00e9n amarradas y con proa hacia la costa, podr\u00e1n ser\u00a0<strong>descalificados<\/strong><strong>, previo apercibimiento<\/strong>, salvo que su conducta precipite y cause la largada de las embarcaciones, supuesto en el que ser\u00e1n\u00a0<strong>descalificados autom\u00e1ticamente<\/strong>, atento a la gravedad que dicha coducta presupone para la seguridad de los dem\u00e1s participantes y los fines tenidos en cuenta en este Reglamento.<\/p>\n<p>Las conductas detectadas en el presente art\u00edculo, son consideradas faltas graves que ameritan, adem\u00e1s de la descalificaci\u00f3n del equipo, la suspensi\u00f3n y\/o inhabilitaci\u00f3n permanente para la participaci\u00f3n en futuros concursos, en los t\u00e9rminos del art. 28 del presente Reglamento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 12. DERROTERO, RESTRICCIONES DE NAVEGACI\u00d3N:\u00a0<\/strong>Todo participante deber\u00e1 conducir su embarcaci\u00f3n en forma lenta en la cercan\u00eda de Parque Cerrado, Prefectura, Flotante y lugares donde hubiera embarcaciones amarradas.<\/p>\n<p><strong>Ninguna embarcaci\u00f3n ajena al concurso podr\u00e1 navegar en las aguas del Riacho Goya entre las 13,30 horas y las 16 horas<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Toda embarcaci\u00f3n que no haya podido ser botada en guarder\u00edas o bajadas privadas hasta las 13:00 horas, no podr\u00e1 ser bajada hasta despu\u00e9s de la largada.<\/strong><\/p>\n<p>En las zonas del concurso s\u00f3lo podr\u00e1n navegar los concursantes, Fiscales y P.N.A., cualquiera otra embarcaci\u00f3n ajena al concurso podr\u00e1 ser detenida por la autoridad de aplicaci\u00f3n y\/o P.N.A. hasta finalizado el mismo y si se encontraran cerca de una embarcaci\u00f3n participante del concurso, \u00e9sta ser\u00e1\u00a0<strong>DESCALIFICADA\u00a0<\/strong>AUTOMATICAMENTE.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 13. FORMAS DE PESCAR: Se efectuar\u00e1 desde la embarcaci\u00f3n anclada o amarrada dentro de los l\u00edmites de su zona de pesca, no pudiendo los participantes desembarcar, ni soltar, ni desplazar la embarcaci\u00f3n para realizar la captura de una pieza.\u00a0<\/strong>En caso de necesidad y previa autorizaci\u00f3n del Fiscal de Zona, mediante acta, podr\u00e1n desembarcar sin los elementos de pesca, los que permanecer\u00e1n en las embarcaciones sin estar accionados para la pesca. No est\u00e1 permitida la pesca a camalote o pind\u00e1.<\/p>\n<p>Deber\u00e1n ubicarse a m\u00e1s de 50 metros a babor y\/o estribor y a m\u00e1s de 100 metros de proa y\/o popa, respecto a otras embarcaciones que estuvieran ancladas o amarradas, pudiendo variar el lugar de pesca dentro de la zona asignada, evitando molestar a otros pescadores.<\/p>\n<p>Los equipos que no respeten las distancias m\u00ednimas indicadas podr\u00e1n ser\u00a0<strong>DESCALIFICADOS\u00a0<\/strong>previo apercibimiento.<\/p>\n<p>Las embarcaciones no podr\u00e1n permanecer juntas durante el concurso, no pudiendo intercambiar ni recibir piezas, toda embarcaci\u00f3n participante que se arrimare a otra durante el desarrollo del concurso,\u00a0<strong>habilita la DESCALIFICACI\u00d3N de ambos equipos,\u00a0<\/strong>previo apercibimiento y salvo circunstancias debidamente justificadas.<\/p>\n<p>No se podr\u00e1n anclar en lugares que son peligrosos por la navegaci\u00f3n de barcos de gran porte y deber\u00e1n tener encendida durante toda la noche, la luz de fondeo, a fin de evitar colisiones con otras embarcaciones.<\/p>\n<p>Est\u00e1 terminantemente prohibido utilizar boyas u otros elementos flotantes para marcar lugares de pesca; y si el equipo lo utilizare junto al cabo de fondeo, cuando decida cambiarse de lugar, deber\u00e1 indefectiblemente levar el cabo y la boya o el elemento flotante utilizado, no pudiendo dejarlo con el fin de se\u00f1alar y asegurarse posteriormente el lugar, de lo contrario podr\u00e1 ser descalificado, y si por alguna circunstancia excepcional tuviere la necesidad de hacerlo, deber\u00e1 solicitar previamente autorizaci\u00f3n al fiscal de zona.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 14. MEDIDAS DE LAS PIEZAS:\u00a0<\/strong>Ser\u00e1n v\u00e1lidas las piezas a partir de los 50 cm de longitud, que a juicio de los Fiscales no presenten alteraciones, salvo que indiquen que pudieron ser cobrados de una manera no autorizada por el presente Reglamento. Los surub\u00edes menores de 50 cm deber\u00e1n ser devueltos al r\u00edo en forma inmediata sin avisar ni esperar al fiscal. LA PIEZA MAYOR ser\u00e1 determinada por su longitud, en caso de empate se tomar\u00e1 (si existe) la segunda pieza que presente cada equipo, de persistir el empate la tercera pieza, y as\u00ed sucesivamente. De continuar el empate, se definir\u00e1 por sorteo p\u00fablico antes de la cena de entrega de premios y notificando debidamente a los interesados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 15. FISCALIZACION:\u00a0<\/strong>Ser\u00e1 ejercida por el Fiscal General, Fiscales Supervisores y Fiscales de Zona, y teniendo en cuenta la reglamentaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n de Recursos Naturales, participar\u00e1 tambi\u00e9n la FE.CO.PE. (Federaci\u00f3n Correntina de Pesca).<\/p>\n<p>La constancia de fiscalizaci\u00f3n se har\u00e1 mediante ficha doble (una del pescador &#8211; una del fiscal), planilla del fiscal, tarjeta del pescador y foto del pez en el pescad\u00f3metro y al ser devuelto con vida.<\/p>\n<p><strong>Toda embarcaci\u00f3n deber\u00e1 estar en zona de pesca antes de las 17 hs. del d\u00eda del concurso para ser habilitada por el Fiscal. Si por alguna contingencia de cualquier \u00edndole, alg\u00fan equipo ingresa a la zona despu\u00e9s del horario de inicio del concurso, deber\u00e1 indefectiblemente ubicar al fiscal de zona para que lo autorice a iniciar la pesca. Los concursantes no podr\u00e1n iniciar la pesca antes de la 17 hs. (inicio del concurso). Los equipos podr\u00e1n ser verificados tantas veces como lo consideren necesario el Fiscal de Zona, el Fiscal Supervisor y\/o el Fiscal General. Es obligaci\u00f3n de los concursantes hacer notar su presencia mediante las luces de navegaci\u00f3n o breves se\u00f1ales luminosas, para poder ser localizados por los Fiscales durante la noche.<\/strong><\/p>\n<p>Los equipos que deseen ser fiscalizados deber\u00e1n avisar al Fiscal de Zona, vali\u00e9ndose de cualquier medio, como ser equipos de comunicaci\u00f3n, se\u00f1ales luminosas, silbatos, etc.; advertidas \u00e9stas, los mismos\u00a0<strong>acudir\u00e1n lo antes posible<\/strong>. El pescador deber\u00e1 conformar la Ficha de fiscalizaci\u00f3n cada vez que presenta una pieza.<\/p>\n<p>El Fiscal de Zona podr\u00e1 descalificar y no se considerar\u00e1n v\u00e1lidas las piezas que no puedan devolverse con vida al momento de ser fiscalizadas, excepto que dicha autoridad considere que el pescador no pudo evitar que eso ocurra antes de su llegada acudiendo a su llamado; en este caso se podr\u00e1 dar como v\u00e1lida la pieza y el puntaje y el fiscal la retirar\u00e1, la que posteriormente ser\u00e1 destinada a una instituci\u00f3n de bien p\u00fablico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ES OBLIGATORIO EL USO DE LA CUNA DE CONSERVACI\u00d3N U OTRO ELEMENTO QUE PERMITA MANTENER CON VIDA LAS PIEZAS HASTA SU FISCALIZACI\u00d3N Y DEVOLUCI\u00d3N, EN NING\u00daN CASO SE COMPUTAR\u00c1 UN SURUB\u00cd MUERTO FUERA DE DICHA CUNA<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>CADA PIEZA DEBE ESTAR DEBIDAMENTE DOCUMENTADA PARA QUE PUEDA ASIGNARCE EL PUNTAJE CORRESPONDIENTE.<\/strong><\/p>\n<p>Los concursantes aceptan y declaran conocer que los fiscales est\u00e1n debidamente facultados a abordar y revisar las embarcaciones para constatar la informaci\u00f3n vertida por los pescadores; su negativa, permite presumir que incurrieron en una infracci\u00f3n grave y ser\u00e1 causal de\u00a0<strong>descalificaci\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n<p>El equipo que por razones debidamente justificadas deba abandonar el concurso antes de su finalizaci\u00f3n, deber\u00e1 comunicar al Fiscal de Zona, quien podr\u00e1 autorizarlo; la tarjeta del equipo y la bandera quedar\u00e1n en poder en fiscal\u00a0<strong>dej\u00e1ndose constancia escrita<\/strong>, debiendo informar a P.N.A. a su arribo a puerto para poder participar en los sorteos.<\/p>\n<p>Siendo las 08.00 hs. (final del concurso) del d\u00eda siguiente, los equipos deber\u00e1n dirigirse al principio de zona para efectuar el cierre de tarjeta.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 16. PARQUE CERRADO DE LLEGADA: A efectos de ordenar y controlar el arribo de las embarcaciones, aquellos equipos que NO hubiesen obtenido capturas, deber\u00e1n entregar su tarjeta de pescador al inicio de su zona de pesca, donde ser\u00e1 recibida por el fiscal all\u00ed ubicado.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Aquellos equipos que hayan obtenido capturas deber\u00e1n realizar \u201cParque Cerrado de Llegada\u201d en el Predio Costa Surub\u00ed; en ese lugar uno de los miembros del equipo deber\u00e1 entregar al centro de c\u00f3mputos, la tarjeta del Pescador. La no entrega de este elemento conlleva la exclusi\u00f3n de participar en los c\u00f3mputos de los puntos para la premiaci\u00f3n del concurso y de los sorteos que se realicen durante la cena clausura.<\/strong><\/p>\n<p>Para ingresar al parque cerrado, los equipos tendr\u00e1n tiempo hasta las 12 hs. del d\u00eda de finalizaci\u00f3n del concurso, salvo autorizaci\u00f3n del FISCAL GENERAL, por razones de fuerza mayor y comunicada al responsable de LOG\u00cdSTICA. No se tomar\u00e1n en cuenta para los sorteos, aquellas tarjetas entregadas fuera de dichos lugares (Final de zona o Predio Costa Surub\u00ed, seg\u00fan corresponda).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 17. AVER\u00cdAS: Quedar\u00e1 a criterio del Fiscal General la participaci\u00f3n en el Concurso, del equipo que sufra aver\u00edas en sus embarcaciones de tal magnitud que no permita su desplazamiento y que se encuentren en alguna zona de pesca. Si se lo autoriza, s\u00f3lo podr\u00e1n pescar en esa zona, y a\u00fan reparado el inconveniente, una vez habilitados en una zona NO PODR\u00c1N IR A OTRA, de hacerlo ser\u00e1n DESCALIFICADOS. Al final del concurso, deber\u00e1 entregar su tarjeta al Fiscal de la Zona en la que fueron autorizados a pescar, firmando la misma para que sea presentada en mesa de control y as\u00ed participar del concurso y de los sorteos, todo ello con INFORMACI\u00d3N AL RESPONSABLE DE LOG\u00cdSTICA.<\/strong><\/p>\n<p>La Co.Mu.Pe. no se compromete a remolcar embarcaciones con aver\u00edas en los cascos, ni a tener t\u00e9cnicos en fibra o mec\u00e1nicos, ni se responsabiliza por accidentes que pudieran ocurrir durante el concurso y que causen perdidas o da\u00f1os de cualquier tipo, quedando a exclusiva cuenta de los participantes el resguardo de los mismos.<\/p>\n<p>La sola inscripci\u00f3n para participar del concurso implica la aceptaci\u00f3n y acatamiento por parte de los participantes e instituciones representadas y representantes legales, de las disposiciones y normas estipuladas en este Reglamento y la renuncia de cualquier tipo de reclamo, judicial o extrajudicial, contra la Comisi\u00f3n Organizadora, contra sus autoridades o contra la Municipalidad de Goya.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 18. PUNTAJE:\u00a0<\/strong>Se determinar\u00e1 el mismo a efectos de determinar las posiciones en la clasificaci\u00f3n por equipo para el Concurso Nacional Del Surub\u00ed.<\/p>\n<p>Para establecer el puntaje se otorgar\u00e1n por Longitud de cada Surub\u00ed:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a) Surub\u00ed desde Cincuenta (50) Cent\u00edmetros y hasta menores de Sesenta (60) Cent\u00edmetros, sumar\u00e1 solamente un (1) punto por cada 10 cm, m\u00e1s la fracci\u00f3n correspondiente a la unidad de medida<\/strong>.\u00a0<strong>&#8211;<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Ej.: Una Pieza de 57 cm<\/p>\n<p>puntos por pieza 0<\/p>\n<p>puntos por medida 5<\/p>\n<p>fracci\u00f3n= 0,7<\/p>\n<p>Total de puntos = 5,7<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>b)\u00a0<strong>Surub\u00ed desde sesenta (60) Cent\u00edmetros y menores de ochenta (80) Cent\u00edmetros, sumar\u00e1cinco (5) puntos<\/strong>,\u00a0<strong>m\u00e1s un (1) punto por cada 10 cm, m\u00e1s la fracci\u00f3n correspondiente a la unidad de medida<\/strong>.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ej.: Una pieza de 71 cm<\/p>\n<p>Puntos por pieza = 5<\/p>\n<p>Puntos por medida = 7<\/p>\n<p>Fracci\u00f3n = 0,1<\/p>\n<p>Total puntos = 12,1<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>c)\u00a0<strong>Surub\u00ed desde Ochenta (80) Cent\u00edmetros y hasta menores de Cien (100) Cent\u00edmetros, sumar\u00e1Diez (10) puntos<\/strong>,\u00a0<strong>m\u00e1s un (1) punto por cada 10 cm, m\u00e1s la fracci\u00f3n correspondiente a la unidad de medida<\/strong>.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ej.: Una pieza de 97 cm<\/p>\n<p>Puntos por pieza = 10<\/p>\n<p>Puntos por medida = 9<\/p>\n<p>Fracci\u00f3n = 0,7<\/p>\n<p>Total puntos = 19,7<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>d)\u00a0<strong>Surub\u00ed desde Cien (100) Cent\u00edmetros en adelante, sumar\u00e1Quince (15) puntos<\/strong>,\u00a0<strong>m\u00e1s un (1) punto por cada 10 cm, m\u00e1s la fracci\u00f3n correspondiente a la unidad de medida<\/strong>.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ej.: Una pieza de 125 cm<\/p>\n<p>Puntos por pieza = 15<\/p>\n<p>Puntos por medida = 12<\/p>\n<p>Fracci\u00f3n = 0,5<\/p>\n<p>Total puntos = 27,5<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de empate para el\u00a0<strong>Ganador del Concurso<\/strong>, se otorgar\u00e1 el premio al equipo que haya logrado la mayor cantidad de piezas, de continuar el empate, ser\u00e1 aqu\u00e9l que tenga la pieza de mayor tama\u00f1o, de persistir el empate, aqu\u00e9l que su segunda pieza sea de mayor tama\u00f1o, de continuar el empate, aqu\u00e9l que su tercera pieza sea de mayor tama\u00f1o y as\u00ed sucesivamente hasta desempatar; de continuar el empate, ser\u00e1 ganador el equipo\u00a0<strong>FOR\u00c1NEO\u00a0<\/strong>de existir uno; y de continuar el empate, y que no haya equipo for\u00e1neo o que los empatados sean for\u00e1neos, se definir\u00e1 por sorteo ante escribano p\u00fablico previo a la cena de entrega de premios y notificando a los interesados.<\/p>\n<p>En caso de empate para el\u00a0<strong>Premio de Surub\u00ed Mayor<\/strong>, resultar\u00e1 ganador el equipo que su segunda pieza sea de mayor tama\u00f1o; de continuar el empate, aqu\u00e9l que su tercera pieza sea mayor tama\u00f1o y as\u00ed sucesivamente hasta desempatar; en caso de persistir el empate, se proceder\u00e1 a dirimirlo por sorteo ante escribano p\u00fablico y previo a la cena de entrega de premios y notificando debidamente a los interesados.<\/p>\n<p><strong><u>PUNTAJE PROVISORIO<\/u><\/strong><strong>:<\/strong>\u00a0A las\u00a0<strong>13 horas\u00a0<\/strong>del d\u00eda de finalizaci\u00f3n del concurso, la Co.Mu.Pe., luego de examinar las tarjetas presentadas por los equipos y las im\u00e1genes tomadas, teniendo en cuenta las capturas y medidas obtenidas, publicar\u00e1 en su portal web:\u00a0<strong>www.goyasurubi.com<\/strong>, el\u00a0<strong>PUNTAJE PROVISORIO<\/strong>, en cada una de las categor\u00edas a premiarse.<\/p>\n<p>La Co.Mu.Pe. podr\u00e1 retrasar el horario de publicaci\u00f3n del\u00a0<strong>PUNTAJE PROVIORIO\u00a0<\/strong>en casos de fuerza mayor.<\/p>\n<p>El equipo o pescador que se considere afectado por el\u00a0<strong>PUNTAJE PROVISORIO\u00a0<\/strong>asignado,\u00a0<strong><u>podr\u00e1 impugnarlo<\/u><\/strong>\u00a0hasta las\u00a0<strong>16 horas\u00a0<\/strong>del mismo d\u00eda, verbalmente o por escrito, dej\u00e1ndose constancia, debiendo hacer notar el error incurrido y aportar los elementos de prueba que permitan verificarlo.<\/p>\n<p>Si alg\u00fan equipo o pescador hubiere impugnado el\u00a0<strong>PUNTAJE PROVISORIO,\u00a0<\/strong>la Co.Mu.Pe. deber\u00e1 notificar, en el domicilio especial electr\u00f3nico, al otro equipo o pescador involucrado, para que intervenga si lo considera necesario, pudiendo \u00e9ste controlar la medidas ofrecidas por el impugnante y ofrecer las que considere convenientes. La notificaci\u00f3n deber\u00e1 indicar el lugar y hora en el que se analizar\u00e1 el reclamo y se producir\u00e1n las pruebas.<\/p>\n<p>Luego de ello, la Co.Mu.Pe. tratar\u00e1 y resolver\u00e1 el reclamo, mediante resoluci\u00f3n fundada y firmada por su Presidente, haciendo lugar o desestim\u00e1ndolo, debiendo notificarse y publicarse la decisi\u00f3n adoptada.<\/p>\n<p>A las\u00a0<strong>17 horas\u00a0<\/strong>del mismo d\u00eda, si no se hubieren presentado impugnaciones contra el\u00a0<strong>PUNTAJE PROVISORIO,\u00a0<\/strong>o luego de resueltas e informadas, la Co.Mu.Pe. publicar\u00e1 en su portal web:\u00a0<strong>www.goyasurubi.com\u00a0<\/strong>el\u00a0<strong><u>PUNTAJE DEFINITIVO<\/u><\/strong>, que ser\u00e1 irrecurrible, salvo defectos en el procedimiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 19. TROFEOS Y PREMIOS:\u00a0<\/strong>Los equipos y pescadores participantes, barras pesqueras, clubes e instituciones representadas, que resulten vencedores en las diferentes categor\u00edas, tienen derecho a la obtenci\u00f3n de los siguientes trofeos y premios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 20. COPA PIRAKUT\u00da\u00a0<\/strong>(Pescar): Ser\u00e1 adjudicada a Clubes Sociales, Deportivos, Instituciones y Barras pesqueras, que hayan participado como m\u00ednimo en dos ediciones anteriores del concurso. La tenencia de la copa ser\u00e1 por un a\u00f1o y se otorgar\u00e1 a la Instituci\u00f3n cuyo representante haya obtenido el premio al\u00a0<strong>Ganador del Surub\u00ed Mayor<\/strong>. La copa se adjudicar\u00e1 definitivamente a la instituci\u00f3n que haya obtenido la misma en dos ediciones consecutivas o tres alternadas en la Fiesta Nacional del Surub\u00ed.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 21. COPA CHALLENGER<\/strong>: Ser\u00e1 adjudicada solamente a aquellos Clubes Sociales, Deportivos, Instituciones y Barras pesqueras, que hayan participado como m\u00ednimo en dos ediciones anteriores del concurso. La tenencia de la copa ser\u00e1 por un a\u00f1o y se otorgar\u00e1 a la Instituci\u00f3n cuyo representante haya obtenido el premio como\u00a0<strong>Ganador del Concurso del Surub\u00ed<\/strong>. La copa se adjudicar\u00e1 definitivamente a la instituci\u00f3n que haya obtenido la misma en tres ediciones consecutivas o cinco alternadas en la Fiesta Nacional del Surub\u00ed.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 22. GANADORES DE ZONA:\u00a0<\/strong>Ser\u00e1 adjudicado a los equipos\u00a0<strong>ganadores, segundos y terceros\u00a0<\/strong>de cada zona\u00a0<strong>por puntaje<\/strong>. En caso de empate ser\u00e1 ganador de zona el equipo que haya logrado la mayor cantidad de piezas, de continuar el empate, aqu\u00e9l que tenga la pieza de mayor tama\u00f1o, de persistir el empate, aqu\u00e9l que su segunda pieza sea mayor tama\u00f1o, de continuar el empate, su tercera pieza sea mayor tama\u00f1o y as\u00ed sucesivamente hasta desempatar; de continuar el empate, ser\u00e1 ganador el equipo\u00a0<strong>FOR\u00c1NEO\u00a0<\/strong>de existir uno; y de continuar el empate, y que no haya equipo for\u00e1neo o que los empatados sean for\u00e1neos, se definir\u00e1 por sorteo ante escribano p\u00fablico antes de la cena de entrega de premios y notificando a los interesados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 23. DAMA MEJOR CLASIFICADA:\u00a0<\/strong>Ser\u00e1 considerada la participante que haya obtenido la pieza de mayor tama\u00f1o, de existir empate se tendr\u00e1 en cuenta la segunda pieza que le sigue en tama\u00f1o lograda por el equipo; de continuar el empate, la tercera pieza lograda por el equipo y as\u00ed sucesivamente hasta desempatar; de continuar el empate, se definir\u00e1 por sorteo p\u00fablico antes de la cena de entrega de premios y notificando debidamente a los interesados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 24. TROFEOS AL PESCADOR ARGENTINO M\u00c1S LEJANO Y AL PESCADOR EXTRANJERO M\u00c1S LEJANO:\u00a0<\/strong>Ser\u00e1n entregados a aquellos participantes que acrediten el domicilio m\u00e1s alejado de esta ciudad de Goya, seg\u00fan figura en su documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 25. PREMIOS CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd<\/strong>: Se instituyen del 1\u00b0 (primero) al 20\u00b0 (vig\u00e9simo) lugar, y ser\u00e1n adjudicados a los equipos que hayan obtenido mayor puntaje final. Se les entregar\u00e1n premios materiales y tantos trofeos como pescadores tengan los equipos. En caso de empates, se proceder\u00e1 de la manera descripta en el art\u00edculo 18.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 26. PREMIOS SURUB\u00cd MAYOR:\u00a0<\/strong>Se instituyen del 1\u00b0 (primero) al 15\u00b0 (d\u00e9cimo quinto) lugar, y solo se podr\u00e1 presentar una (1) pieza por equipo y se tendr\u00e1 en cuenta la longitud de la misma. En caso de empate, se proceder\u00e1 de la manera descripta en el art\u00edculo 18.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 27. SORTEOS CENA CLAUSURA Y ENTREGA DE PREMIOS:\u00a0<\/strong>Se realizar\u00e1n entre aquellos equipos participantes que hayan concursado y al regreso hayan entregado las tarjetas y elementos que les fueron cedidos por la Comisi\u00f3n de Pesca y\/o Fiscales en los lugares establecidos en el presente reglamento.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n podr\u00e1 agregar sorteos con diferentes art\u00edculos donados por Empresas que apoyan el concurso. No a tendr\u00e1n derecho participar de estos sorteos los equipos que fueron descalificados durante el concurso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art. 28. SANCIONES:\u00a0<\/strong>El incumplimiento del presente Reglamento faculta a la CO.MU.PE a imponer las siguientes sanciones, las que ser\u00e1n dispuestas, calificadas y cuantificadas, acorde a la gravedad de la falta cometida, circunstancias particulares y en consonancia con el objeto y fines enunciados en el art\u00edculo 1\u00b0:<\/p>\n<ol>\n<li>a)<strong>\u00a0Apercibimiento<\/strong><\/li>\n<li>b)\u00a0<strong>Descalificaci\u00f3n<\/strong><\/li>\n<li>c)\u00a0<strong>Suspensi\u00f3n de 1 (uno) a 3 (tres) a\u00f1os<\/strong>, para intervenir en futuros concursos???<\/li>\n<li>d)\u00a0<strong>Suspensi\u00f3n mayor a 3 (tres) a\u00f1os hasta la inhabilitaci\u00f3n permanente<\/strong>\u00a0para intervenir en concursos organizados por la Comisi\u00f3n Municipal de Pesca (Co.Mu.Pe.), sanci\u00f3n que ser\u00e1 comunicada a los eventos de pesca del pa\u00eds o del extranjero con la que tenga convenio de reciprocidad<\/li>\n<\/ol>\n<p>La sanci\u00f3n individualizada en el inciso \u201ca\u201d puede ser aplicada por cualquiera de los fiscales, mientras que la establecida en el inciso \u201cb\u201d s\u00f3lo puede ser dispuesta por el Fiscal General del Concurso.<\/p>\n<p>Las sanciones indicadas en los incisos \u201dc\u201d y \u201cd\u201d s\u00f3lo pueden ser aplicadas por el Presidente de la CO.MU.PE., mediante resoluci\u00f3n fundada, previo procedimiento y otorgamiento de derecho de defensa al equipo involucrado.<\/p>\n<p>Cualquiera de las sanciones impuestas durante el concurso, ser\u00e1n susceptibles de ser recurridas una vez finalizado el concurso; la mera interposici\u00f3n de un recurso no suspende los efectos de la decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Finalizado el concurso, la Co.Mu.Pe. analizar\u00e1 cada una de las sanciones autom\u00e1ticas impuestas durante su desarrollo, y si la gravedad del caso lo amerita, podr\u00e1 acumular a la impuesta, la sanci\u00f3n establecida en los incisos \u201cc\u201d o \u201cd\u201d.<\/p>\n<p>Se deja expresamente aclarado que las sanciones se imponen y se hacen extensivas a todos los integrantes del equipo, m\u00e1s all\u00e1 de quien fuere el autor personal y\/o responsable de la inconducta detectada.<\/p>\n<p>Resulta aplicable, en forma supletoria, la Ley N\u00b0: 3460, de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Corrientes, siendo competentes los tribunales de la Ciudad de Goya, Provincia de Corrientes, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicci\u00f3n que pudiera corresponder.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art. 29.\u00a0<\/strong><strong><u>FALTAS GRAVES Y LEVES<\/u><\/strong><strong>:\u00a0<\/strong>A los fines de la imposici\u00f3n de las sanciones reguladas en el art\u00edculo anterior, las faltas incurridas por los equipos concursantes se clasifican en graves y leves.<\/p>\n<p>Las faltas graves son pasibles de ser castigadas con las sanciones contenidas en los incisos \u201cb\u201d, \u201cc\u201d y \u201cd\u201d, pudiendo adem\u00e1s acumularse, de acuerdo a la gravedad de la inconducta, y a criterio de la autoridad de aplicaci\u00f3n, la de descalificaci\u00f3n con la de suspensi\u00f3n.<\/p>\n<p>La descalificaci\u00f3n podr\u00e1 ser dispuesta de manera autom\u00e1tica y en los casos expresamente previstos en el presente Reglamento, o previo apercibimiento, de acuerdo a la mayor o menor gravedad del incumplimiento detectado.<\/p>\n<p>Se considerar\u00e1n\u00a0<strong><u>FALTAS GRAVES<\/u><\/strong>\u00a0que ameritan la descalificaci\u00f3n -incluso autom\u00e1tica- y suspensi\u00f3n del equipo (art. 28, incs. \u201cb\u201d, \u201cc\u201d y \u201cd\u201d)<strong>:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>a) La falta de respeto o agresi\u00f3n verbal o f\u00edsica a la autoridad de aplicaci\u00f3n, propinadas durante el desarrollo del concurso o con posterioridad, pero que tengan directa vinculaci\u00f3n con el mismo.<\/li>\n<li>b) Aquellas que atentan directamente contra la seguridad del Concurso y pongan en riesgo la integridad f\u00edsica de los participantes, como las mencionadas en el art. 11.<\/li>\n<li>c) Acciones tramposas que pongan de manifiesto la intenci\u00f3n de eludir los controles u obtener piezas de con alguna modalidad distinta a la permitida en el presente reglamento, y que atente contra la transparencia del concurso.<\/li>\n<li>d) La transgresi\u00f3n a las normas relacionadas con la<strong>\u00a0conservaci\u00f3n y devoluci\u00f3n de los peces,<\/strong>\u00a0cuya manera de hacerlo, es depositarlos con ambas manos sobre la superficie del agua hasta que se oxigenen y naden por sus propios medios.<\/li>\n<li>e) Arrojar basura al agua.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se considerar\u00e1n\u00a0<strong><u>FALTAS LEVES<\/u>,<\/strong>\u00a0que ameritan un llamado de atenci\u00f3n o apercibimiento (art. 28, inc. \u201ca\u201d), todas aquellas que no repercutan o incidan directamente respecto de: la seguridad de los participantes, la conservaci\u00f3n de las piezas obtenidas, las relacionadas al cuidado y protecci\u00f3n del medio ambiente, y con el debido respeto a la autoridad de aplicaci\u00f3n, sin perjuicio de que, la reiteraci\u00f3n de faltas leves por parte de un mismo equipo, pueda dar lugar a la aplicaci\u00f3n de alguna de las sanciones previstas para el caso de faltas graves.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La enumeraci\u00f3n de los diferentes tipos de faltas es meramente enunciativa y no taxativa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>M\u00c1S ALL\u00c1 DE LO AQU\u00cd DISPUESTO<\/strong>,\u00a0<strong>NO ARROJE BASURAS AL AGUA, CUIDE EL MEDIO AMBIENTE<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>EL CONCURSO NO ES UNA COMPETENCIA MOTON\u00c1UTICA, ADOPTE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA UNA BUENA Y SEGURA NAVEGACI\u00d3N.<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE\u00d1OR PARTICIPANTE, COLABORE CON EL BRILLO DE LA FIESTA, EVITE SER SANCIONADO; ACATE LAS INDICACIONES DE LOS FISCALES ANTES Y DURANTE EL CONCURSO, MUCHAS GRACIAS.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Fiesta Nacional del Surub\u00ed &#8211; Goya \u2013 Corrientes \u2013 Argentina &#8211; Flotante Costanera 12 de Octubre y Mariano I. Loza &#8211; TE-FAX: 03777-433161\u00a0 web: www.goyasurubi.com<\/strong><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es organizado por la Comisi\u00f3n Municipal de Pesca (Co.Mu.Pe.), se regir\u00e1 por el presente Reglamento y tendr\u00e1 por objeto y fines esenciales: la pr\u00e1ctica deportiva de la pesca, la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[51],"tags":[],"class_list":{"0":"post-7364","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","6":"category-reglamento-2015"},"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v27.2 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>REGLAMENTO 2020 - Radio Infinita Goya<\/title>\n<meta name=\"description\" content=\"Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es\" \/>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"REGLAMENTO 2020 - Radio Infinita Goya\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"Radio Infinita Goya\" \/>\n<meta property=\"article:publisher\" content=\"https:\/\/www.facebook.com\/p\/Infinita-Goya-100063870918311\/\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2020-03-09T16:44:22+00:00\" \/>\n<meta property=\"article:modified_time\" content=\"2020-03-16T14:42:42+00:00\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"Sistema\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"Sistema\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"34 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\/\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"Article\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#article\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/\"},\"author\":{\"name\":\"Sistema\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/person\/4f0165f0bbfc23393c6b6fcfdf676a8a\"},\"headline\":\"REGLAMENTO 2020\",\"datePublished\":\"2020-03-09T16:44:22+00:00\",\"dateModified\":\"2020-03-16T14:42:42+00:00\",\"mainEntityOfPage\":{\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/\"},\"wordCount\":6822,\"commentCount\":0,\"publisher\":{\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#organization\"},\"articleSection\":[\"REGLAMENTO 2015\"],\"inLanguage\":\"es-AR\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"CommentAction\",\"name\":\"Comment\",\"target\":[\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#respond\"]}]},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/\",\"url\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/\",\"name\":\"REGLAMENTO 2020 - Radio Infinita Goya\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#website\"},\"datePublished\":\"2020-03-09T16:44:22+00:00\",\"dateModified\":\"2020-03-16T14:42:42+00:00\",\"description\":\"Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es\",\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es-AR\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/\"]}]},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Inicio\",\"item\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"REGLAMENTO 2020\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#website\",\"url\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/\",\"name\":\"radioinfinitagoya.com.ar\",\"description\":\"Radio de noticias\",\"publisher\":{\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#organization\"},\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"es-AR\"},{\"@type\":\"Organization\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#organization\",\"name\":\"Radio Infinita Goya\",\"url\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/\",\"logo\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es-AR\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/logo\/image\/\",\"url\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-content\/uploads\/2019\/11\/logo-pie-web.png\",\"contentUrl\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-content\/uploads\/2019\/11\/logo-pie-web.png\",\"width\":635,\"height\":326,\"caption\":\"Radio Infinita Goya\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/logo\/image\/\"},\"sameAs\":[\"https:\/\/www.facebook.com\/p\/Infinita-Goya-100063870918311\/\"]},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/person\/4f0165f0bbfc23393c6b6fcfdf676a8a\",\"name\":\"Sistema\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es-AR\",\"@id\":\"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/458962ec239877f82caa2103bb4b5a1125eaf90e98aa596269c05723459a0887?s=96&d=mm&r=g\",\"url\":\"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/458962ec239877f82caa2103bb4b5a1125eaf90e98aa596269c05723459a0887?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/458962ec239877f82caa2103bb4b5a1125eaf90e98aa596269c05723459a0887?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"Sistema\"}}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"REGLAMENTO 2020 - Radio Infinita Goya","description":"Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"REGLAMENTO 2020 - Radio Infinita Goya","og_description":"Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es","og_url":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/","og_site_name":"Radio Infinita Goya","article_publisher":"https:\/\/www.facebook.com\/p\/Infinita-Goya-100063870918311\/","article_published_time":"2020-03-09T16:44:22+00:00","article_modified_time":"2020-03-16T14:42:42+00:00","author":"Sistema","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"Sistema","Tiempo de lectura":"34 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/"},"author":{"name":"Sistema","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/person\/4f0165f0bbfc23393c6b6fcfdf676a8a"},"headline":"REGLAMENTO 2020","datePublished":"2020-03-09T16:44:22+00:00","dateModified":"2020-03-16T14:42:42+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/"},"wordCount":6822,"commentCount":0,"publisher":{"@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#organization"},"articleSection":["REGLAMENTO 2015"],"inLanguage":"es-AR","potentialAction":[{"@type":"CommentAction","name":"Comment","target":["https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#respond"]}]},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/","url":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/","name":"REGLAMENTO 2020 - Radio Infinita Goya","isPartOf":{"@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#website"},"datePublished":"2020-03-09T16:44:22+00:00","dateModified":"2020-03-16T14:42:42+00:00","description":"Art. 1\u00b0. EL CONCURSO NACIONAL DEL SURUB\u00cd a realizarse en la ciudad de Goya Provincia de Corrientes, Rep\u00fablica Argentina, el d\u00eda 02 de mayo del 2020, es","breadcrumb":{"@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#breadcrumb"},"inLanguage":"es-AR","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/"]}]},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/2020\/03\/09\/reglamento-2015\/#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Inicio","item":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"REGLAMENTO 2020"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#website","url":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/","name":"radioinfinitagoya.com.ar","description":"Radio de noticias","publisher":{"@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#organization"},"potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"es-AR"},{"@type":"Organization","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#organization","name":"Radio Infinita Goya","url":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/","logo":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es-AR","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/logo\/image\/","url":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-content\/uploads\/2019\/11\/logo-pie-web.png","contentUrl":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-content\/uploads\/2019\/11\/logo-pie-web.png","width":635,"height":326,"caption":"Radio Infinita Goya"},"image":{"@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/logo\/image\/"},"sameAs":["https:\/\/www.facebook.com\/p\/Infinita-Goya-100063870918311\/"]},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/#\/schema\/person\/4f0165f0bbfc23393c6b6fcfdf676a8a","name":"Sistema","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es-AR","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/458962ec239877f82caa2103bb4b5a1125eaf90e98aa596269c05723459a0887?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/458962ec239877f82caa2103bb4b5a1125eaf90e98aa596269c05723459a0887?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/458962ec239877f82caa2103bb4b5a1125eaf90e98aa596269c05723459a0887?s=96&d=mm&r=g","caption":"Sistema"}}]}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7364","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7364"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7364\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7364"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7364"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioinfinitagoya.com.ar\/v1\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7364"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}