La norma empieza a regir desde el 1° de Mayo y abarca a todas las billeteras virtuales existentes. Si el usuario se excede de ese monto, Afip podría intimarlos y hasta cerrarles sus cuentas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) informó que a partir del 1° de mayo las billeteras virtuales deberán informar al ente recaudador de impuestos sobre transacciones que excedan los $ 200.000. La normativa rige para todas las billeteras virtuales existentes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) informó que a partir del 1° de mayo las billeteras virtuales deberán informar al ente recaudador de impuestos sobre transacciones que excedan los $ 200.000. La normativa rige para todas las billeteras virtuales existentes.
El objetivo de Afip es establecerlos y hacer que las billeteras informen de forma obligatoria cuando algún usuario se excede. De esta forma, se podrá determinar el origen de los fondos y comprobar si son lícitos o no.
Todas las billeteras virtuales están reguladas por las normativas de Afip y tienen la responsabilidad de hacer cumplir los nuevos topes establecidos. Los usuarios deben estar informados de estos nuevos límites para evitar posibles inconvenientes con el organismo.
Topes desde el 1° de mayo
Los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no se reportarán a la Afip.
Los usuarios podrán realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas en montos que no superen los $120.000. En caso contrario, se notificará a la Afip.
En cuanto a transacciones individuales, se reportarán a la Afip cuando superen los $400.000.
Qué pasa si se excede el límite establecido
Desde el 1° de mayo, las aplicaciones tienen la obligación de informar a la Afip cuando algún cliente exceda los montos antes mencionados. En el caso de que un usuario supere los límites establecidos, el ente recaudador evaluará la situación fiscal del contribuyente “para evitar irregularidades”.
De ser necesario, solicitará que el usuario demuestre el origen de los fondos que fueron utilizados en esa operación. Si existe intimación de la Afip, el contribuyente deberá presentar recibos de sueldo, facturas u otras pruebas para aclarar su situación.
El ente podría cerrar la cuenta del usuario y realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) si no se cumplen las condiciones.
Las notificaciones sobre irregularidades son responsabilidad de la Afip, que se comunicará con el usuario a través del domicilio fiscal electrónico declarado o mediante la misma aplicación.