El Gobierno amplió la capacidad de acción del Sistema de Defensa Nacional ante amenazas y agresiones. Las nuevas medidas se oficializaron en un nuevo decreto.
El Gobierno habilitó a las Fuerzas Armadas (FFAA) a actuar ante amenazas terroristas y colaborar con el control de las fronteras. La nueva disposición deroga un decreto firmado por Néstor Kirchner en 2006 sobre el cual el Ejecutivo consideró que, a causa de “un sesgo ideológico”, limitaba el accionar de las fuerzas de Defensa.
La nueva normativa para el Sistema de Defensa Nacional fue oficializada este viernes a través del Decreto 1112/2024 publicado en la última edición del Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Defensa, Luis Petri.
El nuevo documento anula el Decreto 727/06, el cual limitaba el accionar de las Fuerzas Armadas solamente a las agresiones que provengan del uso de la fuerza armada de un Estado extranjero. Ante esto, el Gobierno consideró que esa medida de 2006 estaba “colisionando con el espíritu de la Ley de Defensa Nacional” y “limitando el concepto de agresión a la afectación de solo alguno de los intereses vitales del país”.
“Esa limitación se originó en un sesgo ideológico contrario a la defensa de los intereses vitales de la República Argentina”, expuso el Ejecutivo en los considerandos.
En ese sentido, el nuevo decreto destaca que “en el ámbito internacional existen bandas u organizaciones no estatales transnacionales con suficiente capacidad para agredir al Estado argentino, entre las cuales se pueden identificar a organizaciones terroristas y otras organizaciones paramilitares”.
“Para el accionar eficaz y eficiente contra las citadas amenazas y agresiones, las Fuerzas Armadas deberán estar en capacidad de vigilar y controlar en forma permanente e integral los espacios terrestres, marítimos, fluviales, aeroespacial y ciberespacial y el espectro electromagnético, tanto en período de paz como en tiempo de conflicto armado o guerra”, sostiene el decreto.
Con respecto a la participación en seguridad interior, el decreto aclara que “las operaciones que requieran la cooperación y complementación de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad serán coordinadas por los ministerios de Defensa y Seguridad”.
Fuerzas Armadas contra el terrorismo: las nuevas definiciones
A través del nuevo decreto, se incorporan conceptos de amenaza más amplios, incluyendo ataques de actores no estatales, como grupos terroristas o paramilitares, y nuevos escenarios como el ciberespacio y el espectro electromagnético.
El flamante documento establece que “se considerarán amenazas todas las acciones o los mensajes explícitos que llevan a cabo eventuales oponentes que, teniendo la capacidad, muestran la intención o dan indicios de la probable concreción de perjuicios en contra de los intereses vitales de la Nación argentina”.
Por otro lado, “se considerarán agresiones la ejecución y consumación de un conflicto armado o guerra, que provengan de Fuerzas Armadas u organismos paraestatales extranjeros, de organizaciones terroristas u otras organizaciones transnacionales, o cualquier forma de agresión externa que sea incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, que afecten los intereses vitales de la Nación”.
Ante esto, el accionar de las Fuerzas Armadas “en forma disuasiva ante amenazas, o efectiva contra agresiones, será dispuesto en función del origen externo de dichas amenazas o agresiones, con independencia del lugar de ocurrencia”.
Las Fuerzas Armadas podrán colaborar en el control de fronteras
Las Fuerzas Armadas podrán operar en zonas de seguridad de fronteras para tareas de vigilancia y control en tiempos de paz, así como brindar apoyo logístico ante emergencias. La iniciativa busca reforzar la respuesta frente a actividades ilícitas, como el narcotráfico, en áreas críticas.
“En esos despliegues podrán llevar a cabo actividades de adiestramiento operacional, brindar apoyo logístico al sistema de seguridad interior, realizar acciones de apoyo a la comunidad y prestar asistencia ante catástrofes naturales o emergencias”, precisó el flamante texto.
Es decir que, “en tiempos de paz, las Fuerzas Armadas podrán complementar el accionar de las Fuerzas de Seguridad en las zonas de seguridad de fronteras”.
Mientras que “los ámbitos de la Zona del Interior declarados como Zona Militar quedarán sometidos a la custodia y protección militar, de conformidad con lo establecido en esta Reglamentación”. esas zonas se identificarán bajo criterios estratégicos para proteger infraestructura sensible como represas y centrales nucleares.
El plan incluye un Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional que establece directrices para una actuación conjunta y una mayor interoperabilidad con fuerzas internacionales. Se prioriza también la modernización tecnológica con inteligencia artificial y sistemas no tripulados.