El Gobierno impuso además un tope a las prepagas y dispuso que el valor de la cuota de la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota que aplica a sus afiliados más jóvenes.
Tal como ya había adelantado la semana pasada, el gobierno de Javier Milei habilitó este lunes a las prepagas a aumentar las cuotas de los distintos planes que ofrece a sus afiliados de manera diferenciada y no siguiendo un mismo índice de actualización como venían haciendo hasta ahora.
Así quedó plasmado en el Decreto 102/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos y el ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones.
En el Decreto 102/2025 modifica el Decreto 1993/2011 y establece ahora que “los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones podrán establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud ofrecidos durante toda la vigencia del contrato. El porcentaje de ajuste podrá variar según las características específicas de cada plan de salud que comercialicen”.
El principal temor que generaba la medida era que las empresas “castigaran” a sus afiliados de mayor edad (los que más gastos les representan) de modo de obligarlos a abandonar el sistema y poder concentrarse en los más jóvenes. Sin embargo el Gobierno puso un techo a esta posibilidad: “el valor de la cuota de la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria. Los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, ya sea para la admisibilidad de nuevos usuarios o la permanencia de los existentes”.
“Las entidades deberán informar a los usuarios, de manera clara y destacada, las modificaciones en el valor de las cuotas y/o de los copagos”. Esta comunicación, que deberá detallar el porcentaje de variación aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual, se realizará dentro de los cinco días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y los usuarios deben ser notificados de los ajustes con una antelación no inferior a 30 días corridos previo al vencimiento.
Desde el inicio del gobierno libertario, cuando se liberó el mercado de las prepagas y se generó una disparada de los precios de las cuotas, las prepagas podían establecer libremente el valor de la cuota pero no tenían permitido aplicar subas diferenciadas entre planes. Antes sólo podían aumentar lo que les autorizaba el Gobierno.
“Los planes tienen pirámides de costos bien diferentes, con lo que es necesario que ajusten de manera diferencial. Aplicar el mismo aumento porcentual a todos los afiliados, tal como sucedió hasta ahora, es prácticamente un subsidio de la base de la pirámide de afiliados a prepagas a los de la cumbre, los de mayor poder adquisitivo” explicaron desde La Casa Rosada para justificar la medida.