Mediante la Resolución N° 1.753, con las firmas del Intendente doctor Mariano Hormaechea y del Secretario de Gobierno doctor Pablo Fernández, el Departamento Ejecutivo de Goya convoca a las instituciones vinculadas al Concurso Nacional de Pesca del Surubí a participar de una Asamblea el próximo 28 de octubre a las 19:30, en el Salón de Acuerdos del D.E.M., con el fin de elegir a los nuevos integrantes titulares y suplentes de la Comisión Municipal de Pesca. Las listas de candidatos deberán presentarse hasta el 23 de octubre a las 12:30 horas.
RESOLUCIÓN N° 1.753
CONVOCANDO A ASAMBLEA PARA CONFORMAR COMISIÓN MUNICIPAL DE PESCA.-
VISTO:
Lo dispuesto por Ordenanza N° 765/96, modif. 864/97 ….
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6º de la mencionada norma faculta al DEM a convocar a Asamblea de instituciones locales para la elección de cinco (5) miembros titulares y cuatro (4) suplentes para conformar la Comisión Municipal de Pesca.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: CONVOCAR a Asamblea para el día 28 de octubre del corriente año, a las 19:30 horas en el Salón de Acuerdos del D.E.M., a las instituciones que hayan participado dos años como mínimo e n el certamen denominado Concurso Nacional de Pesca del Surubí, a través de sus representantes que estén legalmente reconocidos por la autoridad Nacional, Provincial o Municipal y que mantengan en práctica las actividades que indiquen sus estatutos, idénticos derechos tendrán la Asociación de Comercio, Industria y Producción de Goya y la Cámara Empresarial de Goya.
ARTICULO 2°: CADA Institución designará dos (2) representantes que participarán en la Asamblea con voz y voto. La designación se hará por escrito firmado por las autoridades estatutariamente habilitadas de cada institución y se presentará por Mesa de Entrada de este Municipio, en el horario de 07,00 a 13,00 horas de lunes a viernes.
ARTÍCULO 3°: LAS LISTAS de candidatos, deberán ser presentados al D.E.M., en el lugar mencionado en el Artículo anterior, 48 horas antes de la realización de la Asamblea, de manera tal que no se recibirán listas de candidatos pasadas las 12,30 horas del día 23 de octubre del cte. Año, no se admitirá plazo de gracia. Las listas de candidatos serán presentadas por una o más de las instituciones mencionadas en el Artículo 1º y serán suscriptas por las autoridades estatutariamente habilitadas para hacerlo. Junto a la lista de candidatos, quienes les presente, deberán consignar la persona veedora que hará el contralor del acto eleccionario.
ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para Contaduría, A. Letrada, Prensa, y oportunamente ARCHÍVESE.-