Fallo clave: no detendrán la búsqueda de Loan a fin de mes

Y estiran el plazo de la causa

La determinación había sido precedida por un pedido efectuado personalmente por los padres del niño ante los jueces.

Finalmente no se detendrá la búsqueda de Loan Danilo Peña a fin de mes y se estiran los plazos para que avance la causa que está pendiente. Así lo decidió este jueves la Cámara Federal de Casación Penal atento a un fallo dictado en Corrientes y que los padres pidieron personalmebte que se revierta.

En una resolución de 18 páginas, los jueces de Casación Juan Carlos Gemignani, Carlos Mahiques y Diego Barroetaeveña, le dijeron que sí a los padres de Loan para que la búsqueda del niño no se detenga, sostenida en la causa que sigue en manos de la jueza federal de Goya, Cristina Pozzer Penzo y que pretende determinar con qué fin se llevó adelante la sustracción y el ocultamiento.

La decisión fue motivada por los pedidos de los padres de Loan y sus abogados Alejandro Vecchi y Belén Russo Cornara, los fiscales Carlos Schaefer y de la Procuraduría especializada en Trata (Protex), dado que la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes había dispuesto que esa investigación tenga como fecha límite el 29 de noviembre.

Eso fue determinado así por la Cámara correntina, según fundamentaron sus magistrados, para no exceder en el tiempo la situación de los imputados, que permanecen sin procesamientos.

Sin embargo, en su fallo, la Casación indicó este jueves que se debe anular esa resolución para otorgar más tiempo a la investigación abierta en el Juzgado Federal de Goya y que sostiene la búsqueda.

La Cámara de Apelaciones en Corrientes había fundamentado su decisión de poner como límite el fin de noviembre en que una “investigación sin plazo, como pretende la magistrada a cuyo cargo está la investigación, afecta de manera clara la garantía convencional de ser juzgado en un plazo razonable (arts. 7.5 y 8.1 CADH), además de la vulneración que genera al principio non bis in ídem”.

Y añadieron que “pretender una prórroga de la investigación ‘hasta sea habido el menor LDP’ resulta irrazonable, pues podría ser que esa hipótesis jamás suceda, y ello no podría atar a los imputados a la suerte de un proceso indefinido”.

Pero los jueces Gemignani, Mahiques y Barroetaeveña, les respondieron hoy que se trata de una resolución “portadora de vicios que resienten su motivación en contravención con las exigencias de fundamentación que emanan de los arts. 123 y 404 inc. 2° del Código Procesal Penal de la Nación y la descalifican como acto jurisdiccional válido”.

Agregaron que “asiste razón a las partes acusadoras, en cuanto sostienen que la decisión de la Cámara deviene arbitraria por apartarse de la normativa vigente y de las constancias de la causa”.

Y manifestaron que la decisión de los jueces correntinos fue tomada “a partir de fundamentos meramente aparentes y desprovistos de sustento fáctico y jurídico, impone de manera irrazonable un plazo exiguo para la investigación que se contrapone con los propios fines del proceso penal”.

En ese sentido, este jueves los magistrados de Comodoro Py subrayaron que “la víctima aún se encuentra desaparecida y todavía restan medidas por producir”. Es decir, aún faltan pruebas por recolectar para saber con qué fin se lo llevaron a Loan.