ARCA prorrogó el plazo para adherir al plan de pagos especial de impuestos

En el plan de pagos especial de ARCA se pueden regularizar deudas impositivas, de la Seguridad social, retenciones y percepciones y tributos aduaneros, incluyendo multas, vencidas al 31 de agosto de 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó este miércoles hasta el 31 de marzo de 2026 el plan de pagos especial para las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y el resto de los contribuyentes.

Así quedó plasmado en la Resolución General 5808/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial. En el plan de pagos especial se pueden regularizar deudas impositivas, de la Seguridad social, retenciones y percepciones y tributos aduaneros, incluyendo multas, vencidas al 31 de agosto de 2025.

Además no hay límite en la cantidad de planes a formular y la tasa de interés será fija equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente. La norma aclara que no se reducen intereses ni sanciones y la adhesión se podrá realizar hasta el 31 de marzo de 2026.

ARCA: Plan de pagos
Las cuotas son mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de 2 mil pesos. El plan caduca a los 60 días corridos desde que se verifique la falta de pago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas.

La cantidad de cuotas dependerá del tipo de sujeto que adhiera al plan:

Para las personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: hasta 60 cuotas mensuales con un pago a cuenta del 10%.

Para las medianas empresas (tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas): hasta 48 cuotas con un pago a cuenta del 15%.

Para el resto de los contribuyentes: hasta 36 cuotas con un pago a cuenta del 20%.
Además, a través de X, el ministro de Economía, Luis Caputo, adelantó que en los próximos días se bajará la tasa de intereses resarcitorios del 4 al 2,75 por ciento.

Quedan excluidas del régimen de facilidades de pago de ARCA las obligaciones que se detallan a continuación:

Las retenciones y percepciones previsionales por cualquier concepto, practicadas o no, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.
Los anticipos y/o pagos a cuenta.