Quedó firme la condena a un excomisario por disparar a un vecino en Corrientes

El Superior Tribunal rechazó la casación y confirmó la sentencia por tentativa de homicidio agravado. El fallo sostuvo que el accionar fue doloso y validó la valoración probatoria del juicio.

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó la condena de 14 años de prisión impuesta a un excomisario por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa.

La decisión fue adoptada mediante la Sentencia N° 11, dictada el 20 de febrero de 2026, al rechazar el recurso de casación presentado por la defensa y ratificar en todas sus partes el fallo del Tribunal de Juicio N° 1 de la ciudad de Corrientes.

Con esta resolución, quedó firme la pena y la calificación legal atribuida al hecho.

El hecho ocurrido en Molina Punta

El episodio se registró el 23 de enero de 2021, alrededor de las 20:30, en el barrio Molina Punta de la capital correntina.

Según la reconstrucción realizada en el juicio, el entonces comisario tomó su arma reglamentaria y efectuó un disparo desde el balcón de su vivienda hacia un vecino que se encontraba en la vía pública.

La víctima sufrió lesiones gravísimas que comprometieron su movilidad. Como consecuencia del impacto, debió trasladarse en silla de ruedas y requiere asistencia médica permanente.

El planteo de la defensa
En el recurso de casación, la defensa sostuvo que el disparo habría sido accidental.

También cuestionó la valoración de los testimonios y la acreditación del dolo, además de impugnar el mantenimiento de una medida cautelar que alcanzó a la esposa del condenado.

Los fundamentos del STJ
El voto inicial fue emitido por el ministro Alejandro Alberto Chain, quien propuso rechazar el recurso y confirmar la condena.

En su análisis recordó que la revisión en instancia de casación debe ajustarse a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Casal”, lo que impide revalorizar directamente testimonios producidos en juicio, aunque sí permite examinar la razonabilidad de la valoración probatoria.

Respecto de la supuesta ausencia de dolo, el magistrado sostuvo que su acreditación se realiza mediante indicadores externos. Consideró que empuñar un arma cargada, montarla y disparar a corta distancia hacia una zona vital constituye un claro indicador de intención homicida.

En ese sentido afirmó que el imputado desplegó un accionar doloso al representarse el posible desenlace fatal y continuar con su conducta pese a ello.

El voto fue acompañado por los ministros Eduardo Panseri, el presidente del cuerpo Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.

Condena firme
Con el rechazo del recurso, el STJ dejó firme la sentencia dictada en primera instancia y confirmó la pena de 14 años de prisión por tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.