Aumenta el rechazo al DNU de Milei para nombrar jueces con menos controles

El martes se publicó en el Boletín Oficial (BO) el decreto 467/2026, el cual modifica dos que había firmado Néstor Kirchner en 2003, los cuales ponian límites al Poder Ejecutivo para asignar cargos.

Javier Milei limitó la participación popular en la selección de los magistrados, incluidos los jueces de la Corte Suprema y el jefe de los fiscales. Quienes siguen de cerca el proceso dicen que lo que busca el Gobierno es apurar nombramientos y hacer que el camino sea más sencillo para candidatos que no tendrán las mejores credenciales para los cargos a los que aspiran. Desde distintos sectores del espectro político calificaron el decreto como un retroceso institucional. El jurista Andrés Gil Domínguez pidió que el Poder Judicial declare la inconstitucionalidad de la norma.

Este martes se publicó en el Boletín Oficial (BO) el decreto 467/2026. A través de este instrumento, Milei modifica dos decretos que había firmado Néstor Kirchner en 2003 para autolimitarse a la hora de avanzar con nombramientos: el 222 –que regula el procedimiento para los integrantes de la Corte Suprema– y el 588 –que lo replica para el Procurador General, el Defensor General y los jueces de tribunales inferiores–.

La excusa del Gobierno para avanzar contra ese andamiaje es que hay una “crisis institucional” por la cantidad de vacantes que se registran en el Poder Judicial y el Ministerio Público. La concepción que rige el cambio es la de acortar los plazos y reducir la posibilidad de participación ciudadana cuando el Poder Ejecutivo nomina a un candidato o candidata. Por ejemplo, ahora el Gobierno ya no tendrá obligación de publicar el nombre y los antecedentes curriculares de los postulantes para la Corte en dos diarios de circulación nacional y tampoco deberá esperar que la ciudadanía se pronuncie.

Una modificación importante –a la luz de los escándalos que sacuden al Gobierno– es que antes no había plazos para que la agencia recaudadora hiciera un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales de los candidatos. Ahora, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) dispone de solo cinco días. Quienes analizaron el decreto se preguntaban si el silencio juega a favor del candidato.

Una vez recibidos la declaración jurada y el informe de Arca, el Ministerio de Justicia puede elevar la postulación al Presidente. Ya no rige el plazo de quince días.

El argumento central es que quieren agilizar y evitar duplicar instancias de intervención ciudadana tanto en el proceso de postulación como en el examen del pliego. Según el decreto, le corresponde al Senado garantizar el “control democrático”.

Quien salió a defender en público el decreto fue el asesor presidencial Santiago Caputo a través de un posteo en X. “El decreto 222 era una de esas anomalías institucionales que se fabrican so pretexto de conceptos como la transparencia para no afrontar el problema de fondo. El método de nombramiento y designación de jueces ya cuenta con un proceso de transparencia y participación ciudadana. Son las audiencias públicas que se realizan en el Senado de la Nación en donde se encuentra el pueblo de cada provincia representado. Si tienen un problema con eso lo que hay que hacer es elegir mejores senadores. El pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes”, escribió.

“El Gobierno argumenta que la participación ciudadana subsiste en el Senado, a través de las audiencias públicas e impugnaciones. Pero esas instancias ocurren cuando el pliego ya fue enviado. Lo que se elimina es la posibilidad de incidir antes de que el Ejecutivo tome su decisión”, explicó, por su cuenta, Pablo Secchi, titular de Poder Ciudadano.

Para el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (Apacf), los cambios constituyen un “retroceso innecesario” en materia de transparencia y participación ciudadana. “La eliminación de mecanismos de control público que rigieron durante más de veinte años reduce los estándares institucionales que habían contribuido a dotar de mayor legitimidad, apertura y confianza pública a los procesos de designación de las máximas autoridades del sistema de justicia”.

Para el constitucionalista Federico Ambroggio, lo más grave e innecesario del decreto 467 es que deroga el artículo tercero del decreto 222/2003, que establecía que la Corte Suprema debía tener diversidades de género, especialidades y procedencia regional. “La eliminación del estándar de la diversidad de género es inadmisible. En un Poder Judicial que sigue mostrando enormes déficits de paridad, especialmente en los jueces superiores, abandonar incluso la mera aspiración de una integración paritaria implica un lamentable retroceso”, sostuvo Ambroggio.

En realidad, Milei ya había hecho caso omiso a esas disposiciones cuando designó a dos cortesanos por decreto, que terminaron siendo rechazados por el Senado. Para la agrupación Será Justicia, del conservador Colegio de Abogados de la Ciudad, la intentona fallida en la Corte es lo que movió al Gobierno con este nuevo decreto. “El verdadero trasfondo del dictado del referido decreto radica en el gran desgaste político que sufrió el oficialismo con las fallidas postulaciones de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, quienes recibieron numerosas impugnaciones por parte de la sociedad civil”, escribieron en una declaración en la que se alertaba sobre el debilitamiento de la calidad democrática.

“El decreto 467/2026 implica una regresión normativa injustificada del derecho a peticionar, participar y deliberar democráticamente. También implica una regresión injustificada del derecho a la no discriminación con motivo u ocasión del género. Y por último impacta en el federalismo como elemento central del Estado constitucional y convencional de derecho argentino”, sostuvo Gil Domínguez, que presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad. Todavía no se definió qué juzgado la tramitará.

Una lectura extendida es que, con este decreto, el Gobierno podría apurar el envío de candidatos para completar la Corte Suprema. Sin embargo, en el Ejecutivo dicen que no está en los planes.

El máximo tribunal debería tener cinco miembros. Públicamente, el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, dijo que no era una prioridad del Ejecutivo completarla porque funcionaba bien como estaba. Sin embargo, la puja interna por el poder quizá sea más fuerte. Son tres y los tres se desconfían entre sí. Horacio Rosatti pretende quedarse en la presidencia del cuerpo –que le garantiza también la titularidad del Consejo de la Magistratura–. Ricardo Lorenzetti no esconde su voluntad de volver a la presidencia de la cual fue derrocado en un golpe palaciego que lideró el tercer miembro, Carlos Rosenkrantz.

Está claro que Rosatti tiene afinidad con el sector que se embandera detrás de Karina Milei mientras que Lorenzetti tiene mayor cercanía con el de Caputo. Más allá de la interna –que posiblemente se volverá afilada a la hora de decidir nombres–, ambas tribus parecen estar de acuerdo en el método. “Hay sinergia”, ironiza un juez.

“Buscan celeridad y un camino liso para los candidatos. El Gobierno posiblemente quiera enviar candidatos que se le parezcan. Para eso es importante tener menos exposición pública. No parece que los nombres vayan a conocerse inmediatamente para evitar que el decreto quede asociado a un determinado caso, pero allanan el camino”, evaluó un exfuncionario.

Por el momento, el Gobierno consiguió que el Senado aprobara 74 pliegos para jueces, fiscales y defensores. La semana pasada ya nombró a tres. El primero fue Emilio Rosatti, hijo del presidente de la Corte. Este martes, Milei firmó otros quince nombramientos –entre los que se destacan los de Laureano Durán para la Cámara Federal de La Plata y los de Claudio Silvestri y Pablo Wilk para tribunales orales de esa jurisdicción