Causa AMIA: el juez Rafecas procesó a 8 iraníes y libaneses como responsables del atentado

La nueva legislación en la Argentina permite procesar – y condenar – en ausencia a una persona por un delito cometido en en nuestro país. El juez federal tomo la decisión contra altos mandos. Los acusa de terrorismo, genocidio y atentado contra la humanidad.

El juez federal Daniel Rafecas avanzó en la causa por el atentado contra la AMIA y procesó a los iraníes y libaneses acusados de haber participado en la planificación, organización y ejecución del ataque terrorista del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y más de 150 heridos.

Los procesados son Alí Fallahian, ex ministro de Inteligencia de Irán; Alí Akbar Velayati, ex ministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, ex comandante de la Guardia Revolucionaria; Ahmad Vahidi, ex jefe de la Fuerza Quds; Hadi Soleimanpour, ex embajador iraní en Buenos Aires; Mohsen Rabbani, ex agregado cultural de la embajada; y Ahmad Reza Asghari, ex tercer secretario de la representación diplomática.

La lista se completa con los libaneses Salman Raouf Salman, señalado como coordinador de la fase operativa del atentado. La acusación sostiene que el ataque fue ejecutado por la estructura armada de Hezbollah con autorización, directivas y financiamiento provenientes de las máximas autoridades iraníes. Los imputados están acusados, entre otros delitos, de homicidio calificado por odio racial o religioso, lesiones y daños, además de pertenencia o colaboración con una organización armada.

El avance judicial se produce mientras continúa el proceso para realizar un juicio en ausencia, debido a que los acusados permanecen prófugos y cuentan con pedidos de captura internacional.

Atentado a la AMIA: procesados en ausencia
La ley de juicio en ausencia es la Ley 27.784, sancionada por el Congreso el 20 de febrero de 2025, promulgada por el Poder Ejecutivo el 6 de marzo y publicada en el Boletín Oficial el 7 de marzo de 2025. Entró en vigencia diez días después de su publicación para las jurisdicciones alcanzadas. Hay un punto clave para la causa AMIA: la propia Ley 27.784 establece que el juicio en ausencia puede aplicarse a causas en las que se investiguen delitos comprendidos en instrumentos internacionales contra el terrorismo, entre ellos los contemplados por la Convención Interamericana contra el Terrorismo.

En ese articulado se basa el juez Rafecas para su determinación. La Justicia federal argentina dio por probado que el atentado contra la sede de la AMIA, ocurrido el 18 de julio de 1994 en Buenos Aires, habría formado parte de una serie de ataques coordinados contra objetivos vinculados con la comunidad judía.

Según consta en la resolución, el atentado contra la AMIA habría sido “coordinado con un segundo ataque a la comunidad judía”, perpetrado al día siguiente en Panamá. El hecho ocurrió cuando un pasajero suicida hizo explotar un avión de línea, provocando la muerte de sus tres tripulantes y 17 pasajeros. De las víctimas, 12 pertenecían a la colectividad judía panameña y algunas viajaban junto a sus esposas.

La causa por el ataque en Panamá continúa abierta en ese país y, de acuerdo con la resolución judicial argentina, ambas investigaciones mantienen un intercambio de información para determinar las posibles conexiones entre los atentados.

Otro de los elementos incorporados por Rafecas es la posterior reivindicación de los ataques. Cuatro días después de los atentados, Hezbollah habría reivindicado conjuntamente ambos hechos desde el Líbano mediante una organización utilizada como denominación de cobertura denominada “Ansar Allah”.

A partir de estos elementos, el magistrado decidió darle intervención a la Corte Suprema de Justicia de la Nación ante la posible existencia de una conexión entre la causa AMIA y la investigación por el atentado contra la Embajada de Israel, ocurrido en Buenos Aires en marzo de 1992.

Esa causa tramita actualmente ante el máximo tribunal argentino. Según el dictamen de la UFI AMIA, a cargo del fiscal Sebastián Basso, ambos atentados habrían sido ejecutados por Hezbollah, una hipótesis que la Justicia argentina viene sosteniendo como parte de la investigación sobre los ataques terroristas perpetrados en el país durante la década de 1990.

La posible conexión podría llevar a que distintos elementos de las investigaciones sean analizados de manera conjunta por la Corte Suprema. El juez Rafecas también trabó un embargo por 500 millones de dólares a cada una de las personas que procesó.

Satisfacción del ministro de Justicia
Juan Bautista Mahiques, ministro de Justicia de la Nación, publicó un mensaje en su cuenta de X, con una celebración por la medida del juez federal: “El procesamiento dictado por la Justicia Federal en la causa AMIA marca un hito en la lucha contra la impunidad. Gracias a la ley de juicio en ausencia, hoy se procesó a 8 iraníes y libaneses como autores del atentado a la AMIA y pronto habrá en Argentina un juicio oral por estos hechos. Un paso histórico en favor de las 85 víctimas, sus familias y toda la sociedad argentina”, escribió.

Los procesados en ausencia
Los procesados son ocho en total, pero algunos de ellos se destacan por haber tenido un papel preponderante en el atentado de Buenos Aires en 1994. Luego, no solo tuvieron la protección total del gobierno iraní sino que ocuparon importantes puestos en su país. Se trata de:

Hadi Soleimanpour, fue embajador de Irán en Argentina.

Mohsen Rabbani, activista religioso fundamentalista radicado en Buenos Aires desde 1983 y Consejero Cultural de la Embajada iraní en Argentina.

Mohsen Rezai, quien era Comandante de la Guardia Revolucionaria iraní, y Ahmad Vahidi, Comandante de la fuerza Al Quds (de la Guardia Revolucionaria).

Alí Velayati, era por ese entonces el Ministro de Relaciones Exteriores de Irán.

Ali Fallahijan, otro hombre clave para la operación terrorista: era el Ministro de Inteligencia iraní.

En su resolución, el juez señaló que “desde los cargos que ocupaban dentro del régimen iraní y sus estructuras, estos cuatro procesados decidieron y participaron en la organización del atentado, haciendo posible que quienes luego actuaron sobre el terreno, consumaran el atentado”.

Se les atribuye “haber contribuido en forma esencial al plan criminal, desde el ámbito diplomático y la red local iraní”. El octavo procesado es un agente libanés de Hezbollah. Salman Raouf Salman, sindicado por “haber coordinado la etapa final del atentado en Buenos Aires en julio de 1994”.

En pocas palabras

Juez Rafecas procesó: A ocho iraníes y dos libaneses por el atentado a la AMIA en 1994.

Acusación: Terrorismo, genocidio y atentado contra la humanidad en ausencia.

Contexto legal: Nueva legislación argentina permite juzgar y condenar en ausencia.