El organismo con sede en Hamburgo programó las presentaciones sobre las medidas provisionales solicitadas por Buenos Aires para frenar el proyecto Sea Lion.
El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (ITLOS) fijó el 10 y 11 de noviembre de 2026 como las fechas para las audiencias orales en el caso que Argentina presentó contra el Reino Unido por la explotación petrolera en el Atlántico Sur. Mediante una orden firmada este martes por el presidente del organismo, el juez Maurice Kamga, el tribunal con sede en Hamburgo puso en marcha el reloj procesal para decidir si frena el proyecto Sea Lion en la cuenca norte de las Islas Malvinas mientras se constituye el tribunal arbitral que tratará el fondo de la controversia.
La decisión llega exactamente una semana después de que el gobierno de Javier Milei presentara su solicitud de medidas provisionales, el 13 de octubre, y marca el ritmo acelerado que suelen tener estos procedimientos de urgencia.
Según un comunicado oficial del tribunal, las audiencias se celebrarán en la sala principal del organismo, serán públicas y se transmitirán en vivo por la web del ITLOS. Los miembros del cuerpo diplomático, la prensa y el público en general pueden registrarse con anticipación para asistir de forma presencial. Con las vistas orales fijadas para el 10 y 11 de noviembre, el tribunal deberá evaluar si tiene jurisdicción prima facie, si la urgencia justifica intervenir y si las medidas solicitadas son proporcionales.
Una decisión favorable a Argentina sería de cumplimiento obligatorio para el Reino Unido. Una vez constituido, el tribunal arbitral del Anexo VII podrá mantener, modificar o dejar sin efecto las medidas provisionales.
De manera puntual, Argentina pide que se ordene al Reino Unido impedir el inicio o la continuación de la explotación petrolera en la zona, que se abstenga de usar información obtenida durante la exploración en perjuicio de los derechos argentinos, que cese de impedir el cumplimiento de obligaciones ambientales y que no otorgue nuevos permisos que puedan agravar la disputa.
La orden del juez Kamga —registrada como caso número 37 en el tribunal— formaliza un procedimiento que comenzó el pasado 28 de septiembre, cuando Milei instruyó a la Cancillería a iniciar un arbitraje bajo el Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar) y notificó formalmente a Londres. La advertencia fue explícita: si en dos semanas no se frenaba la explotación, Argentina acudiría a Hamburgo.
El plazo venció el 12 de octubre sin cambios en la postura británica. Al día siguiente, el canciller Pablo Quirno formalizó la solicitud ante el ITLOS, apoyada en el artículo 290, inciso 5, de la Convemar, que permite pedir medidas provisionales cuando aún no se ha constituido el tribunal arbitral y la urgencia de la situación lo exige. El Reino Unido ya había rechazado las medidas el 11 de octubre, en una nota que la presentación argentina describe como “una mera repetición de argumentos previamente planteados”.
El escrito de 49 páginas, firmado por el embajador Mario Oyarzábal como agente ante el tribunal, fue preparado con intervención de la Cancillería y la Secretaría Legal y Técnica, conducida por María Ibarzabal.
El yacimiento en disputa se ubica a 107 millas náuticas (unos 198 kilómetros) al norte de Malvinas, sobre un área de 541,40 km² dentro de la licencia PL032. La operación está liderada por la israelí Navitas Petroleum, que controla el 65% del proyecto, y la británica Rockhopper Exploration, con el 35% restante. Ambas tomaron la decisión final de inversión a fines de 2025 y fijaron como meta el inicio de la producción en el primer trimestre de 2028.
Según el reporte trimestral de Navitas del 24 de agosto de 2026, la campaña de perforación de la fase 1 de Sea Lion “se espera que comience a principios de 2027”. Rockhopper confirmaba el mismo día que los trabajos en las islas avanzaban según lo previsto, con la preparación de muelles, alojamientos e infraestructura para la llegada del equipo de perforación. El reporte de flota de julio de 2026 de Noble Corporation registraba que la plataforma semisumergible Noble Endeavour iniciaría operaciones en “Sudamérica” en enero de 2027.
El desarrollo completo -según consta en la presentación formal presentada por la Argentina- contempla 23 pozos terminados distribuidos en seis centros de producción, una unidad de perforación submarina anclada al lecho dentro de una zona de exclusión de 500 metros y un buque de producción, almacenamiento y descarga (FPSO) con una zona de exclusión de 1.275 metros de radio.
La estrategia ambiental, puente jurídico para evitar el debate de soberanía
Uno de los argumentos centrales de la presentación argentina es el ambiental: es la única vía que permite invocar obligaciones del Reino Unido con independencia de quién ejerza soberanía sobre las islas. El escrito cita el fallo del arbitraje del Mar del Sur de China para sostener que las obligaciones de protección del medio marino “se aplican a todos los Estados respecto del medio marino en todas las áreas marítimas” y que, en consecuencia, “las cuestiones de soberanía son irrelevantes” para la aplicación de esas normas.
Ese razonamiento le permite al ITLOS actuar sin pronunciarse sobre la titularidad del archipiélago. Argentina sostiene que tiene la obligación de proteger el medio marino en la zona, que el Reino Unido le impide ejercer esa función regulatoria al operar de manera unilateral, y que los daños ambientales son por definición irreversibles, lo que refuerza el requisito de urgencia que exige el artículo 290.
La documentación que respalda el argumento proviene de las propias empresas involucradas. En abril de 2015, se registró una falla en el pozo Isobel Deep, perforado a unos 30 kilómetros al sur de Sea Lion. Pero el dato más contundente figura en el Plan de Contingencia para Derrame de Petróleo que Premier Oil presentó ante las autoridades de facto de las islas: “Existe un 30% de probabilidad de que el petróleo cruce el límite marítimo internacional hacia aguas argentinas después de 30 días”. Para un crudo más liviano, el mismo plan proyecta “una probabilidad del 100% de que el petróleo cruce el límite marítimo internacional hacia aguas argentinas después de 14 días”.
En un pasaje inusual para una presentación ante un tribunal internacional, el escrito argentino dedica un capítulo a cuestionar la capacidad técnica de las operadoras. El documento afirma que ni Navitas Petroleum ni Rockhopper Exploration tienen experiencia previa como operadoras de un campo offshore en producción.
El cuestionamiento se inscribe en el argumento de riesgo ambiental: si las empresas carecen de trayectoria operativa en producción costa afuera, el peligro de un incidente se amplifica en una zona donde, según los propios planes de contingencia, un derrame alcanzaría aguas no disputadas de Argentina en cuestión de días o semanas.
Las licencias extendidas siete días antes del arbitraje
El escrito sitúa al proyecto Sea Lion en un contexto más amplio. El 21 de septiembre de 2026 —siete días antes de que Argentina iniciara formalmente el arbitraje—, las autoridades de facto de las islas extendieron por cinco años todas las licencias de producción hidrocarburífera. Las licencias en juego son PL001, PL032, PL033, PL004a, PL004b y PL004c, en las que participan los grupos Eco, Navitas y Rockhopper con porcentajes que varían de un bloque a otro.
El cuarto pedido cautelar busca impedir precisamente ese tipo de expansión unilateral mientras el caso se sustancia ante el tribunal. La presentación también argumenta que la disputa se enmarca en el proceso de descolonización supervisado por las Naciones Unidas y que las resoluciones de la Asamblea General —en particular la 2065 de 1965 y la 31/49 de 1976, que llama a las partes a abstenerse de modificaciones unilaterales— son parte del marco jurídico que los jueces deberán considerar.
La respuesta británica operó en varios frentes simultáneos. Ante la Cámara de los Comunes, la ministra de Territorios de Ultramar, Uma Kumaran, confirmó que la embajada británica en Buenos Aires entregó el 11 de octubre la respuesta formal al arbitraje y que el Reino Unido participará del proceso. Sin embargo, trazó límites precisos: “La notificación no constituye una sentencia de un tribunal internacional. No invalida las licencias emitidas por el gobierno de las islas. No altera la autoridad regulatoria de las islas, y no exige que las actividades legales de desarrollo de hidrocarburos cesen”.
Sobre las medidas provisionales, la ministra sostuvo que la posición establecida del Reino Unido es que “son vinculantes para las partes” y que el país “cumple con sus obligaciones internacionales”, lo que equivale a decir que acataría una orden del ITLOS si se dictara.
En paralelo, el Departamento de Negocios y Comercio y la Cancillería británica anunciaron la activación de la legislación de Protección de Intereses Comerciales (Protection of Trading Interests), una norma que permite al gobierno impedir que empresas y personas del Reino Unido sean obligadas a cumplir con regulaciones extraterritoriales de países extranjeros. El secretario de Negocios, Jonathan Reynolds, dijo que el gobierno “actuará cuando Argentina intente obstaculizar la actividad comercial legítima del Reino Unido”. El canciller Ed Miliband calificó de “inaceptables” los intentos argentinos de “intimidar a empresas e individuos” y afirmó que el apoyo británico a las islas es “inquebrantable”.
Kumaran advirtió que el gobierno está preparado para tomar “medidas adicionales” si la situación continúa. “Serán legales, serán proporcionales y, se lo aseguro, serán contundentes”, dijo ante los comunes.
La arquitectura procesal que eligió Argentina tiene antecedentes en el propio tribunal. En la controversia entre Ghana y Costa de Marfil, el ITLOS dictó medidas provisionales en abril de 2015 y ordenó que Ghana no realizara nuevas perforaciones petroleras en el área marítima disputada, aunque permitió la continuación de operaciones ya en curso. La diferencia principal es que aquel litigio giraba en torno a una delimitación marítima entre Estados con costas adyacentes, mientras que el reclamo argentino está anclado en una controversia de soberanía territorial enmarcada en el proceso de descolonización.
Otro referente es el caso de la fragata ARA Libertad, retenida en Ghana en 2012 por una acción judicial de acreedores de la deuda argentina. La Cancillería inició entonces un arbitraje por la Convemar y solicitó medidas provisionales al ITLOS. Entre el pedido —14 de noviembre de 2012— y la resolución —15 de diciembre— transcurrió aproximadamente un mes. El tribunal ordenó la liberación inmediata e incondicional del buque.
Un dato de contexto relevante es que la vicepresidenta del ITLOS desde el 1 de octubre es la jueza argentina Frida María Armas Pfirter, elegida junto con el presidente Kamga para el período 2026-2029. Armas Pfirter integra el tribunal desde 2023 y se desempeñó previamente como conciliadora y árbitra de Argentina en el sistema de solución de controversias de la Convemar. Su nacionalidad no impide que participe en el caso (el Estatuto del tribunal no prevé la recusación automática por nacionalidad).

















