La Justicia declaró inconstitucional el decreto que frenó la Ley de Financiamiento Universitario

El juez federal Martín Cormick hizo lugar a los planteos del Consejo Interuniversitario Nacional y la UBA. La resolución dejó sin efecto la condición que había impuesto el Gobierno para ejecutar la norma y ordenó avanzar con su cumplimiento inmediato.

La Justicia volvió a intervenir en la disputa por el financiamiento de las universidades nacionales y ordenó al Gobierno de Javier Milei aplicar de inmediato la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el tramo del Decreto 759/2025 que había condicionado la ejecución de la norma a la existencia de partidas presupuestarias específicas.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, en el marco de los planteos realizados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades y docentes, además de la presentación realizada por la Universidad de Buenos Aires (UBA).

En su resolución, Cormick ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con el cumplimiento de la Ley 27.795 y dictar las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para ponerla en práctica. La medida se suma a las decisiones judiciales que ya habían cuestionado la suspensión de la normativa.

Qué cuestionó el juez del decreto de Milei
El punto central del conflicto está en el Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno había condicionado la ejecución de la ley de financiamiento universitario a que se determinaran las fuentes específicas para cubrir los gastos y se incorporaran las partidas correspondientes al presupuesto.

La norma había quedado atada de esa manera al artículo 5 de la Ley de Administración Financiera, que establece que las leyes que autoricen o dispongan gastos deben prever expresamente su financiamiento. Si no cuentan con las partidas correspondientes, su ejecución queda suspendida hasta que sean incorporadas al presupuesto.

Para Cormick, esa condición no podía utilizarse para impedir la aplicación de una ley sancionada por el Congreso. En una resolución anterior sobre el mismo conflicto, el magistrado había señalado que la suspensión dispuesta por el Ejecutivo presentaba, en principio, rasgos de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta.

La discusión por los salarios y las becas universitarias
Uno de los principales puntos de la Ley 27.795 está relacionado con la actualización de los recursos destinados a salarios docentes y becas estudiantiles. La Justicia ya había dictado una medida cautelar para garantizar el cumplimiento de esos artículos.

El magistrado recordó ese antecedente al analizar el nuevo planteo y consideró que la aplicación de la normativa no podía quedar suspendida por la condición establecida posteriormente mediante el decreto presidencial.

En septiembre, Cormick había hecho lugar a una cautelar presentada específicamente por la UBA y ordenado al Poder Ejecutivo cumplir de manera inmediata con distintos artículos de la Ley 27.795 vinculados con funcionamiento, recomposición salarial, becas e investigación.

El argumento sobre el impacto presupuestario
Otro de los elementos considerados por el juez fue el impacto fiscal que tendría la aplicación de la ley. En ese sentido, la resolución toma como referencia una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), que había calculado que el costo de la norma para 2025 representaba alrededor del 0,23% del PBI.

Para el magistrado, ese dato debía ser considerado al evaluar el interés público involucrado en la disputa. También señaló que el deterioro de los ingresos del sector universitario podía afectar tanto a los trabajadores como al desarrollo de sus tareas y, en consecuencia, al derecho a enseñar y aprender.

Qué había hecho el Gobierno con la ley
La disputa comenzó luego de que el Poder Ejecutivo condicionara la ejecución de la Ley 27.795 a la determinación de las fuentes de financiamiento y la incorporación de las partidas correspondientes.

El Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades del sistema universitario recurrieron entonces a la Justicia para cuestionar la validez de esa decisión y reclamar la aplicación efectiva de la norma.

El proceso quedó radicado ante el fuero Contencioso Administrativo Federal y derivó en distintas resoluciones cautelares favorables a los reclamos del sistema universitario.

Con la nueva decisión de Cormick, el Ejecutivo queda obligado en esta instancia a avanzar con la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y dejar de lado la condición que había establecido el Decreto 759/2025. La resolución corresponde a primera instancia, por lo que el conflicto judicial todavía puede continuar en las instancias superiores.

En pocas palabras

Justicia declaró inconstitucional: El decreto presidencial que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario fue anulado por inconstitucionalidad.

Orden de cumplimiento: El juez Martín Cormick ordenó al Gobierno de Javier Milei aplicar de inmediato la ley.

Argumentos del juez: Cormick consideró inconstitucional la condición impuesta por el Decreto 759/2025 para ejecutar la norma, basándose en planteos del CIN y la UBA.